Publicado por Jose Trecet - 16/09/11 a las 06:09:30 pm
Lo primero que le viene a la cabeza a cualquier persona que ha perdido su empleo si tiene derecho y en ese caso qué trámites tienen que llevar a cabo para cobrarlo, además claro está de cuanto dinero percibirá y hasta cuando. Desde aquí os explicamos el proceso de tramitación de la prestación por desempleo, que se realiza a través de SEPE.
Una vez abandonada la frustración de haber perdido el empleo, lo primero que le suele venir a la mente a cualquier persona es si tienen derecho a paro, y en caso positivo cuánto y por cuanto tiempo. Calcular el paro es relativamente sencillo y la propia página de los Servicios Públicos de Empleo Estatal (SEPE) dispone de una herramienta para el autocálculo de lo más útil para salir de dudas. Una vez comprobado que se puede percibir el paro surge inmediatamente la duda sobre como cobrar la prestación, es decir, que trámites hay que llevar a cabo y dónde.
El SEPE es el encargado de tramitar cualquier cuestión que tenga que ver con empleo y desempleo en España y gracias a los avances en la administración electrónica se puede solicitar el paro en las oficinas de SEPE o a través de internet. El proceso es sencillo pero lo primero que hay que tener en cuenta es que existen unos tiempos de espera y máximos para poder reclamar la prestación por desempleo.
En primer lugar hay que tener claro que no se podrá solicitar el paro hasta que no se hayan disfrutado de los días de vacaciones pendientes tras el despido. Aunque la empresa debe comunicar con quince días de antelación la decisión de romper la relación contractual con el empleado, estas dos semanas no tiene por qué ser días festivos y así en muchas ocasiones cuando llega el momento efectivo de abandonar la empresa el trabajador tiene días festivos pendientes de disfrutar. En estos casos, deberá esperar a que terminen esos días festivos antes de iniciar el proceso de solicitar el paro. Si acude antes a las oficinas de SEPE le informarán que, efectivamente, todavía no pueden proceder a inscribirle como demandante de empleo y solicitante de la prestación. Esto se debe a que durante esos días se sigue cotizando a la Seguridad Social.
Del mismo modo, existe un límite legal dentro del cual debe solicitarse la prestación y este es de quince días hábiles (no se incluyen sábados ni domingos) desde que se deja de cotizar a la Seguridad Social. En caso de no hacerlo se corre el riesgo de perder el derecho a la prestación.
Solicitar en paro en las Oficinas de SEPE
Esta es quizás la opción más habitual. SEPE dispone de un apartado de guíasque incluye una sobre como solicitar la prestación a nivel contributivo en este enlace. Al igual que hacemos aquí, lo primero que aclara es quienes tienen derecho a percibir el paro y después ya entra directamente en los trámites que deben cumplir. En principio, solicitar la prestación no debería llevarnos más de 10 ó 15 minutos, descontando las colas de espera, que varían enormemente en función de cada Comunidad Autónoma.
Lo más importante es tener claro la documentación que deberemos aportar y que incluye:
Solicitud de la prestación en modelo normalizado, que facilita la oficina del Servicio Público de Empleo. El impreso de solicitud incorpora la declaración de los hijos a cargo y sus rentas, los datos de domiciliación bancaria, el compromiso de actividad y la autorización de petición de información a la Agencia Tributaria.
Identificación del solicitante y de los hijos que conviven o están a su cargo y que figuren en la solicitud. (Bastará con la exhibición de los documentos).
Documento Nacional de Identidad (DNI) o tarjeta de identidad de extranjero.
Libro de Familia, o documento equivalente en el caso de extranjeros.
Certificado o certificados de empresa en las que hubiera trabajado en los últimos seis meses.
Sólo en aquellas situaciones en el que el certificado de empresa no fuera suficiente para acreditar la situación legal de desempleo es necesario aportar el otro documento acreditativo que corresponda.
En muy pocos casos se puede solicitar una copia de los documentos oficiales de cotización correspondientes a los últimos 180 días cotizados.
Con estos documentos ya sólo habría que inscribirse como demandante de empleo y solicitar la prestación que nos correspondiese en la mesa asignada.
Para poder completar acceder a este servicio será necesario contar con alguno de los siguientes elementos:
Certificado digital
DNI Electrónico
o Usuario y contraseña en Red Trabaj@ y/o SEPE
Este último se puede adquirir en las oficinas de SEPE y sirve para realizar cualquier trámite en línea con los servicios de empleo, como por ejemplo sellar el paro a través de internet.
Con uno de estas acreditaciones podremos empezar el proceso, que consta de 13 pasos. En primer lugar hay que autorizar a SEPE a verificar y cotejar los datos que después se le irán entregando. Los primeros tiene que ver con el tipo de prestación a solicitar tal y como se puede comprobar el en la siguiente captura de pantalla:
El siguiente paso será proporcionar los datos personales como DNI, nombre y apellidos o domicilio, entre otros. Tras cumplimentar esta información habrá que presentar la documentación requerida y que coincide con la descrita para la modalidad presencial.Los documentos se anexarán directamente en el programa de forma muy similar a como se adjunta un documento en una cuenta de correo electrónico, como se puede ver en la siguiente captura de pantalla:
Uno de los últimos paso será confirmar la solicitud, después de lo cual podremos visualizarla como si se tratase de un documento impreso y pedir un resguardo de la tramitación como se ve en las siguientes imágenes.
Publicado por Imanol Glez-Paradela - 12/03/11 a las 12:03:29 pm
En una empresa familiar, independientemente de su tamaño, suele darse una unión entre los valores de la familia y los valores de la empresa. Las empresas familiares son, en su mayor parte, empresas que han surgido del esfuerzo y la vocación de una o varias personas que generalmente han dedicado toda su vida a dar forma al proyecto empresarial, y en el que se ha ido involucrando el resto de la familia.
Otra de las características de la empresa familiar es su ciclo productivo habitual, en el que tras producir y vender siempre encontraremos la reinversión. La empresa familiar se caracteriza por que constantemente está reinvirtiendo en busca de mejoras que repercutan en su producción y en sus miembros. Tienen, por lo tanto, un elevado nivel de compromiso con sus empleados, clientes y proveedores. Y también con su entorno, dándose la circunstancia de que la empresa familiar frecuentemente localiza sus centros de decisión y de producción en el entorno geográfico al que pertenece.
En la empresa familiar es importante ligar emocionalmente a los hijos con la empresa para favorecer así la continuidad de las mismas. Muchos negocios familiares han fracasado por no adquirir el suficiente compromiso y planificación para asegurar la vitalidad de la empresa desde una doble perspectiva: 1) la propiamente empresarial en un mundo en constante transformación y cambio; 2) la dinámica de la propia familia en relación a la empresa.
Ligar a los hijos y a las generaciones venideras con la empresa es enseñarles a amarla, no sólo como empresa, sino como el proyecto al que una parte de su familia ha consagrado buena parte de su vida. Hablamos entonces de que la transmisión de la empresa no ha de ser exclusivamente patrimonial, sino y sobre todo ha de ser una transmisión afectiva. Una familia que no funciona es la mayor amenaza para la continuidad de la empresa.
¿Qué es una empresa? Aunque puede parecer sencilla,esta es una de las preguntas más difíciles a las que debe enfrentarse todo emprendedor antes de iniciar su aventra en el mundo corporativo. La respuesta más obvia a la cuestión pasa por acudir a las fuentes ‘oficiales’ y así la Real Academia de la Lengua Española (RAE) define una empresa como la “unidad de organización dedicadaa actividades industriales, mercantiles o de presentación de servicios con fines lucrativos”, así como el “lugar en el que se realizan estas actividades”.
Se puede profundizar todavía más en el concepto de empresa y una buena forma de hacerlo es a través de la definición que la Unión Europea hace de una empresa, donde además distingue entre tipos de corporaciones y definequé es una pyme. El problema a la hora de definir qué es una empresa es que resulta complicado ceñirse a una única fuente y mucho menos a un concepto cerrado de lo que debe de ser una compañía. La realidad empresaral es polifacética y si antiguamente una empresa era aquella que manufacturaba un producto (se tenía en cuenta sobre todo el carácter industrial de la misma) hoy en día ese concepto ha cambiado radicalmente.
En la actualidad se puede considerar que una empresa es cualquier corporación que ofrece algo a cambio de una retribución. El portal de emprendedores de base tecnológica de la Comunidad de Madrid, Madrid+d, dice lo siguiente: “Una empresa es un sistema que interacciona con su entorno materializando una idea, de forma planificada, dando satisfacción a unas demandas y deseos de clientes, a través de una actividad económica”. Desde Canguro Rico aportan una visión diferente al considerar que “la empresa representa una organización o unidad socio-económica que a través de la unificación e esfuerzos y recursos busca un fin común, que se traduce en utilidades, beneficios o lucro”.
Poco a poco va quedando claro que una empresa es una organización (se puede añadir que con una forma legal concreta) que actúa guiada por un objetivo, misión, o razón de ser y que este objetivo debe reportar generalmente algún tipo de beneficio, económico o de otro tipo. A estas características generales siempre se puede ir añadiendo otros conceptos como la planificación previa que siempre es necesaria(se traduce en un buen plan de empresa), la importancia de la comunicación, ya que una compañía está obligada a interactuar con su entorno para conseguir su fin, los recursos humanos (las empresas las forman personas) o cuestiones referentes a la responsabilidad social de la empresa.
El concepto de empresa varía de empresario a empresario en función del objetivo de la empresa, su tamaño y su grado de maduración. Así, una startup o empresa de nueva creación es principalmente un sueño que se hace realidad para quien la crea. En estos casos el componente emocional inunda el concepto de empresa, como ocurre en el caso de las empresas familiares. Sin embargo, en las empresas más grandes esta identificación desaparece y la empresa ya se ajusta más a la definición antes planteada.
Pero si hay algo que realmente define el concepto de empresa estos son los métodos y herramientas que utiliza para alcanzar su objetivo. Algunas de ellas ya se han mencionado como los recursos humanos o la comunicación, pero dependiendo del enfoque y las necesidades del negocio el concepto será más comercial, ligado al marketing, puramente productivo o manufaturero, tecnológico, interactivo…. y así tantos conceptos como fórmulas de alcanzr el objetivo existan.
Ni una gran experiencia, ni mucha formación, ni enviar miles de currículums a las empresas. Según Randstad, el 38% de los trabajadores encontraron su último empleo gracias a la ayuda de familiares, amigos o conocidos.
Esto es algo ya normal que ha sucedido toda la vida, no estamos descubriendo nada nuevo, y en las épocas en las que estamos las empresas apuestan, más que nunca, por los llamados enchufes o contratar a familiares o recomendados que, por ejemplo, se han quedado sin trabajo.
Lo más curioso sucede cuando haces una entrevista de trabajo que ya está dada, ya está adjudicada a la conocida o conocido de turno, para qué se hace entonces? La conclusión es que a través del contacto personal y de las redes sociales como se consigue el mayor éxito en la búsqueda de empleo. Tras tales contactos, la segunda medida para conseguir un empleo es Internet y los portales de empleo, ya que gracias a ellos encontraron trabajo uno de cada tres empleados (el 33% del total).
En tercer lugar, están las empresas de trabajo temporal, consultoras y los servicios públicos de empleo, que aglutinan el 22% de los empleos conseguidos.
Los portales de las propias empresas, donde suelen colgar ofertas de trabajo, son otras de las fuentes directas para buscar empleo, una puerta abierta a penetrar más fácilmente dentro de la empresa.
Es una realidad. La mujer está mejor formada que el hombre, pero, sin embargo, en la mayoría de ocasiones, accede a peores puestos de trabajo. Incomprensible.
Así también lo ve la presidenta de la Fundación Internacional de la Mujer Emprendedora (FIDEM) que subraya que en los últimos 20 años la formación adquirida por las mujeres les ha permitido una mayor penetración en el mundo laboral.
El 56,9% del total de universitarios en España son mujeres y el nivel medio de cualificación de las trabajadoras aumenta año tras año: sólo un tercio del total de candidatas cuenta con estudios básicos, un 33% contaba con estudios de Bachillerato o COU, un 15% con estudios universitarios y un 16% con Formación Profesional. Las carreras técnicas siguen presentando mayoría masculina, mientras que las titulaciones más sociales cuentan entre sus filas con una manifiesta presencia femenina.
En el entorno laboral las diferencias se ven enseguida, ya que sólo una minoría de mujeres del 20% alcanza los puestos directivos en las empresas. Sin embargo, la opinión de la sociedad es clara: al 50% de los trabajadores le da igual tener de jefe a un hombre o a una mujer, mientras que un 30% preferiría a un hombre y un 20% a una mujer.
Como la igualdad en el hogar sigue sin ser la misma con la del hombre eso afecta directamente en la carrera laboral de las mujeres, las cuales una vez son madres optan por la jornada reducida, mientras que los hombres prefieren la completa.
Estos factores también inciden en el salario final de las mujeres, que a día de hoy sigue estando por debajo del de sus compañeros. En este sentido, se destaca que la mujer presenta un recorrido profesional más corto que el hombre, por su incorporación más tardía al mercado profesional, su elección de jornadas laborales más cortas o su desvinculación con el empleo cuando son madres, lo que lleva a acumular menos bagaje profesional y se vincula con salarios más bajos.
En cuestiones de salud laboral ya hay el denominado síndrome de la crisis, relacionado con la depresión, la angustia y los infartos de miocardio. Según un informe del Hospital Clínico San Carlos de Madrid, este síndrome va a afectar más a la larga a los hombres que a las mujeres.
Según los médicos, este tipo de transtornos se ceban con los hombres porque se adaptan peor a los cambios socioeconómicos que se produzcan y, por otra parte, exprensan menos los sentimientos y se guardan más los temores y las frustaciones.
Aunque normalmente son las mujeres las más afectadas por los transtornos depresivos, en este caso el estrés laboral es más acusado en el género masculino. Al parecer, tienen miedo a no dar la talla en el trabajo.
Los médicos de este Hospital también sostienen que, aunque el estrés por la crisis pueda generar un primer episodio de depresión tanto en hombres como en mujeres, ellos “sufren más” por el estrés laboral y ellas “por los problemas que la crisis pueda generar en su red de relaciones sociales y familiares”.
Tras más de un año de la entrada en vigor de la Ley de Igualdad en España, en una encuesta a las mujeres directivas sobre su efecto en el mundo de la empresa y sus propias carreras profesionales se desprende que nada ha cambiado.
El 66,1% de las directivas entrevistadas son madres, de las cuales el 31,7% tiene un solo hijo, el 61% tiene dos, el 4,9% tres y el 2,4% tiene 4 hijos. Estos se sitúan por encima de la media de la tasa de natalidad española, situada en 1,35 hijos por mujer, frente al 1,8 de las directivas encuestadas.
Como indicábamos, los datos más significativos es que el 76,6% de las 325 directivas no ha notado ningún cambio en su empresa después de la aprobación de la Ley de Igualdad, frente al 18,2% que apenas lo ha notado y al 5,2% que sí que ha percibido algún cambio en las medidas de igualdad o conciliación en su compañía.
Además, el 81,82% de ellas cree que la nueva Ley no va ayudarles a promocionar en su carrera profesional, frente al 18,2% que sí lo cree. Es inaudito, pero en el ámbito profesional, el 57,2% de las mujeres encuentadas afirma que en algún momento de su carrera ha sufrido discriminación salarial por el hecho de ser mujer, frente al 42,8% que no se ha visto en tal situación.
Esperemos que la Ley dé mayores frutos a lo largo de un corto espacio de tiempo.
1,3 millones de ocupados no fueron a trabajar cada día en nuestro país, según las últimas cifras del INE en 2008. Pero de éstos, ¿cuántos han faltado por una razón justificada?
Según las estadísticas, la principal causa de absentismoes la de enfermedad común y es en este caso en el que se esconden las ausencias laborales no justificadas. Identificar el por qué y darle una solución es uno de los principales retos de los departamentos de recursos humanos en plena crisis.
Un estudio de Adecco establece que la cifra media de la tasa de absentismo de las empresas encuestadas es del 5,35%, un dato por encima de la media europea, que se sitúa entorno al 4%, y lo suficientemente alto como para tomar medidas en el seno de las empresas.
Según los encuestados, los trabajadores con cargas familiares son los que más se ausentan del trabajo, especialmente si son mujeres: para el 59,26% de las empresas encuestadas son las empleadas con responsabilidades familiares las que más faltan, frente al 40,74% que opina lo mismo sobre los hombres con idéntica situación personal.
Aunque un 60,38% de las empresas encuestadas afirma que esta situación no ha hecho variar sus índices de absentismo, sin embargo, entre aquéllos que sí aprecian cambios como consecuencia de la situación económica, un 85,71% afirma que ha provocado una reducción en la falta de asistencia al trabajo por parte de sus empleados.
La sensación de incertidumbre o el miedo a perder su puesto de trabajo hace que muchos trabajadores se vinculen más con la empresa y eviten faltar innecesariamente o, estando justificada la ausencia, intentan faltar lo mínimo posible.
Ata, la Federación Nacional de Trabajadores Autónomos, ha dado ha conocer las “Medidas para ayudar a las familias hipotecadas con dificultades y favorecer la creación de empleo”, al objeto de paliar la presente crisis mediante un Real Decreto, y los autónomos son también beneficiarios de estas medidas.
Bneficios de los autónomos:
1. Moratoria Temporal Parcial en el pago de la Hipoteca … (2 años al 50%).
2. Rebaja de las Retenciones, cuando se pague Hipoteca ….. ( 2% menos).
3. Ampliación del plazo de la “Cuenta Ahorro-Vivienda” …….(2 años más).
4. Bonificación en Contratos para trabajadores desempleados y con cargas familiares ……1.500 euros anuales).
5. Mejora de la Capitalización del Pago Unico para constituirse como Autónomo ……(pasa del 40% al 60% para cobrar de una vez).
En el primer punto se resalta que pueden solicitar esta moratoria los titulares de una hipoteca sobre su vivienda habitual suscrita antes del 1 de septiembre de 2008, siempre que el importe inicial de esa hipoteca fuera inferior a los 170.000 euros, se esté al corriente de pago y cumpla alguna de estas condiciones:
• Ser Trabajador Autónomo que haya cesado su actividad, o bien, acredite que sus ingresos anuales son inferiores a 3 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Públicos, en el 2008 es 6.202,80 euros), es decir, tener unos ingresos inferiores a 18.608,40 euros anuales.
• Estar desempleado, o bien, pasara a estarlo antes del 1 de enero de 2010 y cobrar prestación por desempleo contributiva o no contributiva.
• Ser Pensionista de viudedad.
En la segunda de las medidas, las rebajas de las retenciones, cuando se pague Hipoteca va dirigida a los autónomos con ingresos anuales inferiores a los 33.000 euros, se podrán reducir el 2 por 100 de sus rendimientos en los pagos fraccionados, siempre que la renta se apliquen la deducción por adquisición de vivienda con financiación ajena.
Por lo que respecta a la ampliación del plazo de la “Cuenta Ahorro-Vivienda”, se podrá ampliar el plazo para materializar el saldo de la cuenta ahorro-vivienda, para aquellos cuyo plazo cumpla entre el 01/01/2008 y el 31/12/2010, tendrán hasta el mismo 31/12/2010 para llevar a cabo la compra de la vivienda. Durante el periodo adicional, no se considerará desgravación fiscal esas aportaciones.
El punto 4 es para las empresas que contraten indefinidamente a tiempo completo, a desempleados con uno o más hijos a su cargo, serán de 1.500 euros anuales.
Finalmente, aquellos desempleados que decidan constituirse como autónomospodrán solicitar la Capitalización del Pago Único, pudiendo cobrar de una sola vez el 60% (actualmente es el 40%) de su prestación por desempleo para realizar las inversiones necesarias para iniciar la actividad.
Las últimas medidas del Gobierno para fomentar el empleo afectan de forma significativa a la pyme en dos frentes: el laboral y el contable. En el primero de los casos la Administración ha introducido un nuevo tipo de contratación bonificada, la de los parados, mientras que en el segundo, puede que el empresario tenga que introducir nuevas deducciones en algunas nóminas, tal y como ocurrió con la famosa deducción de los 400 euros de Zapatero. Vamos por partes.
En el primero de los casos, el Gobierno finalmente creará una nueva modalidad de bonificación de 1.500 euros anuales para incentivar la contratación indefinida de desempleados con cargas familiares. De esta forma, convierte a este colectivo en el más ‘deseable’ para contratar desde un punto de vista empresaria, ya que ofrece más ‘beneficios’ que cualquier otro a excepción de los incapacitados.
Hay que recordar que actualmente el Gobierno ya prima la contratación indefinida de trabajadores con bonificaciones de 800 euros. Además, también incentiva a las pyme y grandes empresas a incorporar a sus plantillas a otros colectivos como mujeres, desempleados de larga duración o trabajadores mayores de 45 años a través de bonificaciones respecto a la cotización de la Seguridad Social. De hecho, estas son prácticas que todo empresario debería tener en cuenta a la hora de estructurar su plantilla, ya que puede suponerle importantes ahorros en el pago de la nómina de sus empleados.
También en la nómina deberá reflejarse una nueva deducción en el caso de los hipotecados. Según el anuncio del Gobierno, se incorporará a las retenciones mensuales la devolución fiscal por el pago de la hipoteca que se recibe al hacer declaración de la renta. La medida sólo se aplicará a las rentas inferiores a los 33.000 euros anuales. A efectos administrativos y contables supone reducir el porcentaje de las retenciones para los hipotecados en cerca de dos puntos, lo que puede suponer un nuevo problema para las empresas como lo ha sido y está siendo el aplicar la deducción de los 400 euros.
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