Elegir el nombre de la empresa es una de las tareas más importantes desde el punto de vista de marketing pero también que más cuesta a los emprendedores. No sólo se trata de elegir la denominación de la compañía sino también del registro del nombre comercial, algo que además habrá que hacer con cada uno de los productos que lancemos al mercado.
El proceso de registro de nombres comerciales está regulado por la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y su posterior reglamento, recogido en el Real Decreto 687/2002, de 12 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley de Marcas. En España el registro de marcas y nombres comerciales no es obligatorio, aunque sí puede resultar recomendable para salvaguardar la marca. Este se realiza en la Oficina Española de Patentes y Marcas y l o primero que debemos tener claro antes de iniciar los trámites es la diferencia entre la marca y el nombre comercial, así como las distintas denominaciones que pueden registrarse. Seguir leyendo Registro de nombres comerciales…
Publicado por Jose Trecet - 16/09/11 a las 06:09:30 pm
Lo primero que le viene a la cabeza a cualquier persona que ha perdido su empleo si tiene derecho y en ese caso qué trámites tienen que llevar a cabo para cobrarlo, además claro está de cuanto dinero percibirá y hasta cuando. Desde aquí os explicamos el proceso de tramitación de la prestación por desempleo, que se realiza a través de SEPE.
Una vez abandonada la frustración de haber perdido el empleo, lo primero que le suele venir a la mente a cualquier persona es si tienen derecho a paro, y en caso positivo cuánto y por cuanto tiempo. Calcular el paro es relativamente sencillo y la propia página de los Servicios Públicos de Empleo Estatal (SEPE) dispone de una herramienta para el autocálculo de lo más útil para salir de dudas. Una vez comprobado que se puede percibir el paro surge inmediatamente la duda sobre como cobrar la prestación, es decir, que trámites hay que llevar a cabo y dónde.
El SEPE es el encargado de tramitar cualquier cuestión que tenga que ver con empleo y desempleo en España y gracias a los avances en la administración electrónica se puede solicitar el paro en las oficinas de SEPE o a través de internet. El proceso es sencillo pero lo primero que hay que tener en cuenta es que existen unos tiempos de espera y máximos para poder reclamar la prestación por desempleo.
En primer lugar hay que tener claro que no se podrá solicitar el paro hasta que no se hayan disfrutado de los días de vacaciones pendientes tras el despido. Aunque la empresa debe comunicar con quince días de antelación la decisión de romper la relación contractual con el empleado, estas dos semanas no tiene por qué ser días festivos y así en muchas ocasiones cuando llega el momento efectivo de abandonar la empresa el trabajador tiene días festivos pendientes de disfrutar. En estos casos, deberá esperar a que terminen esos días festivos antes de iniciar el proceso de solicitar el paro. Si acude antes a las oficinas de SEPE le informarán que, efectivamente, todavía no pueden proceder a inscribirle como demandante de empleo y solicitante de la prestación. Esto se debe a que durante esos días se sigue cotizando a la Seguridad Social.
Del mismo modo, existe un límite legal dentro del cual debe solicitarse la prestación y este es de quince días hábiles (no se incluyen sábados ni domingos) desde que se deja de cotizar a la Seguridad Social. En caso de no hacerlo se corre el riesgo de perder el derecho a la prestación.
Solicitar en paro en las Oficinas de SEPE
Esta es quizás la opción más habitual. SEPE dispone de un apartado de guíasque incluye una sobre como solicitar la prestación a nivel contributivo en este enlace. Al igual que hacemos aquí, lo primero que aclara es quienes tienen derecho a percibir el paro y después ya entra directamente en los trámites que deben cumplir. En principio, solicitar la prestación no debería llevarnos más de 10 ó 15 minutos, descontando las colas de espera, que varían enormemente en función de cada Comunidad Autónoma.
Lo más importante es tener claro la documentación que deberemos aportar y que incluye:
Solicitud de la prestación en modelo normalizado, que facilita la oficina del Servicio Público de Empleo. El impreso de solicitud incorpora la declaración de los hijos a cargo y sus rentas, los datos de domiciliación bancaria, el compromiso de actividad y la autorización de petición de información a la Agencia Tributaria.
Identificación del solicitante y de los hijos que conviven o están a su cargo y que figuren en la solicitud. (Bastará con la exhibición de los documentos).
Documento Nacional de Identidad (DNI) o tarjeta de identidad de extranjero.
Libro de Familia, o documento equivalente en el caso de extranjeros.
Certificado o certificados de empresa en las que hubiera trabajado en los últimos seis meses.
Sólo en aquellas situaciones en el que el certificado de empresa no fuera suficiente para acreditar la situación legal de desempleo es necesario aportar el otro documento acreditativo que corresponda.
En muy pocos casos se puede solicitar una copia de los documentos oficiales de cotización correspondientes a los últimos 180 días cotizados.
Con estos documentos ya sólo habría que inscribirse como demandante de empleo y solicitar la prestación que nos correspondiese en la mesa asignada.
Para poder completar acceder a este servicio será necesario contar con alguno de los siguientes elementos:
Certificado digital
DNI Electrónico
o Usuario y contraseña en Red Trabaj@ y/o SEPE
Este último se puede adquirir en las oficinas de SEPE y sirve para realizar cualquier trámite en línea con los servicios de empleo, como por ejemplo sellar el paro a través de internet.
Con uno de estas acreditaciones podremos empezar el proceso, que consta de 13 pasos. En primer lugar hay que autorizar a SEPE a verificar y cotejar los datos que después se le irán entregando. Los primeros tiene que ver con el tipo de prestación a solicitar tal y como se puede comprobar el en la siguiente captura de pantalla:
El siguiente paso será proporcionar los datos personales como DNI, nombre y apellidos o domicilio, entre otros. Tras cumplimentar esta información habrá que presentar la documentación requerida y que coincide con la descrita para la modalidad presencial.Los documentos se anexarán directamente en el programa de forma muy similar a como se adjunta un documento en una cuenta de correo electrónico, como se puede ver en la siguiente captura de pantalla:
Uno de los últimos paso será confirmar la solicitud, después de lo cual podremos visualizarla como si se tratase de un documento impreso y pedir un resguardo de la tramitación como se ve en las siguientes imágenes.
Publicado por Daniel Ratto - 01/01/10 a las 01:01:07 am
Las constituciones de empresas de informática y de electrónica registraron un aumento de un 16,67%, esto son 212 empresas más y en un 31,82%, unas 7 nuevas compañías, desde Enero a Septiembre de 2009 respecto al mismo período de 2008.
Dentro del sector de informática y electrónica la evolución registrada en las constituciones empresariales hasta el mes de Septiembre ha marcado datos positivos, en cuanto a telecomunicaciones se registró una bajada del 33,99%, ya que se crearon 208 empresas menos que en el mismo periodo de 2008.
Es así que el sector de la informática marcó una evolución positiva al aumentar su peso en la creación de empresas en toda España, ya que en 2008 significaba el 1,48% de las constituciones al 2,48% en 2009.
Respecto a la inversión de capital, al comparar los datos acumulados de Enero a Septiembre de 2009 con los de similar periodo de 2008, se registró un retroceso en sectores como los de la informática el 77,65% y telecomunicaciones el 70,17%, en tanto que en la electrónica registra un incremento del 82,04%.
El total acumulado de los sectores estudiados, la inversión ha disminuido un 43,71% respecto a los primeros 9 meses de 2008, llegando a 3.715 millones de euros.
En cuanto a las disoluciones, el sector de la informática registró descensos del 4,91% con respecto a 2008 y en el de las telecomunicaciones han bajado un 38,24%. Mientras que en el sector de la electrónica marcó un incremento con la desaparición de 6 empresas, 2 más que en los mismos meses de 2008.
Dentro del sector de la informática y por provincias, las que marcaron mayor número de creaciones empresariales en 2009 correspondieron a Madrid con 459 esto es 56 más que en 2008, Barcelona con 288 unas 73 más y Málaga con 69 unas 17 más. Respecto a las disoluciones en este sector, Madrid tuvo 68 disoluciones, 8 menos que en 2008, y Barcelona con 14, 2 más que en 2008.
En el sector de telecomunicaciones, Madrid lideró el ranking con 124 empresas nuevas, fue seguida por Barcelona con 54 y Valencia con 21. En dicho sector, 9 de las 52 provincias registraron incrementos: Albacete (+100%), Almería (+66,67%), Badajoz (+40%), Cádiz (+100%), Jaén (+50%), León (+500%), Navarra (+33,33%), Las Palmas (+27,27%) y Zaragoza (+60%), mientras que las demás han bajado en el número de constituciones.
Por el lado de las disoluciones, también lideró Madrid con 9 empresas desaparecidas, fue seguida por Córdoba con 2. Mientras que las demás provincias no marcaron disoluciones o solamente registraron una.
En cuanto al sector de la electrónica, Barcelona tuvo 8 nuevas empresas, 5 más que en 2008 y Madrid 6, esto es 2 más que en 2008, seguida por Alicante, Cáceres, Jaén y Málaga con 2 constituciones. Mientras que a las disoluciones sólo han desaparecido 2 de este sector en Guipúzcoa y Madrid y una en Murcia y Valencia y en las demás provincias no se han disuelto ninguna de estas empresa entre Enero y Septiembre de 2009.
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