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Pimec pide justificar el despido objetivo

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El despido objetivo es una de las preocupaciones de las pymes catalanas, es por ello que han lanzado una propuesta para que si existe un indicio razonable de morosidad determinen el despido objetivo justificándolo.

Pimec solicita que se cree un nuevo contrato con indemnización creciente por despido, desde esta patronal catalana de las pymes, les han enviado a los diferentes grupos parlamentarios un documento que consta de 15 propuestas dónde figuran una serie de enmiendas al proyecto de ley de reforma laboral.

En dicho documento, solicita la clarificación respecto a las causas del despido objetivo, así como aspectos ligados al descenso en las ventas o el perjuicio que pudieran generarle a la liquidez hechos como la morosidad o impagos, de forma que los empresarios sólo le restaría aportar indicios razonables que el implementar medidas de recorte contribuirían la viabilidad futura para sus empresas.

Otra de las proposiciones, de Pimec, es la de establecer un nuevo contrato indefinido dirigido a nuevas contrataciones fijando un sistema de indemnizaciones creciente y a la vez la supresión de la disposición del decreto original, el que incrementa la indemnización por despido en los contratos temporales a 12 días, y la limitación temporal para contratos por obra o servicio.

Entre otras solicitudes, es que el empresario quede eximido de la obligación de tener que otorgar a su trabajador temporal un documento que justifique si se les hace fijos, además de que las empresas de hasta 50 trabajadores el período de prueba llegue a 4 meses para trabajadores que no posean título como técnicos titulados.

Además de poder despedir por faltas de asistencia al trabajo, aunque sean justificadas pero intermitentes, y que sean el 20 % de las jornadas hábiles en 2 meses consecutivos, o en todo caso el 25 % en 4 meses discontinuados dentro de un periodo de 12 meses, sin tener que el absentismo total de la plantilla del trabajo se superior al 5%.

Despido objetivo

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Son días de muchas polémicas en cuanto a los temas que afligen al mercado laboral en España, y siempre surgen nuevos temas en los que preocuparse o discutir. Actualmente la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) ha propuesto una enmienda a la reforma laboral para que los partidos políticos la incorporen en la tramitación parlamentaria lo que justificaría el despido objetivo en caso que una microempresa posea un 15% de pérdidas.

Este tipo de propuesta está dirigida a que sea más específica ya que la redacción del real decreto ley respecto a la reforma laboral no es del todo precisa, sobre las causas económicas que justifican el despido objetivo es por ello, que se ha propuesto que las empresas que posean menos de 6 empelados, el despido objetivo se justifique cuando tengan una caída del 25% en sus ingresos teniendo que ser durante los 6 meses previos.

Además de esto, ATA propone otro tipo de medida para justificar el despido objetivo en las microempresas, es el que la morosidad de las microempresas signifique un tercio de sus ingresos, no pudiendo cubrir sus necesidades de financiación o también pudiendo ser que el acceso a las líneas de crédito les haya reducido en un 50% respecto al año anterior.

Imagen: Google

Despido exprés

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Hablando de la reforma laboral 2010, abarca diferentes medidas y temáticas existiendo diferentes opciones para los trabajadores, pero una de las medidas que más discusiones genera dentro de la reforma laboral es el del coste de despido.

El Ejecutivo dentro de los muchos temas no ha sabido como manejar este aspecto de la reforma laboral, en las negociaciones, con los sindicatos y la patronal. Desde el mismo Ejecutivo han señalado que si trataba de entrada la anulación de esta forma de despido, -que llega a ahorrar la espera de un juicio y los salarios de tramitación que conlleva-, el diálogo con los empresarios no se podría haber dado.

Ahora se maneja que el Gobierno lo incluya en la reforma laboral, al momento de darle forma al decreto-ley. Lo que generó que los distintos sindicatos pusieran en la mesa del diálogo una propuesta de reforma laboral en dónde incluían la eliminación del despido libre.

Además de solicitar la eliminación del despido exprés, ya que no cuenta con una tutela judicial, y si se declara improcedencia que no se lleve a cabo tal decisión, pudiendo solamente con la opción por parte del trabajador de poder extinguir su contrato con indemnización. Además de exigir que al momento en que el juez declare un despido como improcedente, el empleado en tal caso tenga el derecho de decidir de reincorporarse a la empresa.

Aunque, la patronal no piensa de esta forma, más allá de que solicito facilitar el despido y que sea por causas objetivas. Desde el Ejecutivo se pretende modificar el Estatuto de los Trabajadores como una medida para flexibilizar dicho punto, de manera de llegar a desjudicialización el despido.

Imagen: Google

Abaratamiento del despido

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Dentro del tema de la reforma laboral, uno de los temas que despiertan más polémica es el del despido, que actualmente no encuentra acuerdo en medio de las negociaciones del diálogo social que se llevan a cabo.

Además de las indemnizaciones del despido, también se trata del coste. Sobre todo cuando España representa el cese laboral más caro de toda la UE, si bien no puede saberse todavía por cuanto tiempo, debido a que la supresión del despido exprés, que le permite al empresario poder extinguir un contrato tan sólo en 48 horas en caso que abone la máxima indemnización, -45 días por cada año-, contemplada en la propuesta realizada por el Ejecutivo.

Desde diferentes sectores, analizan que por más que no se incluyera la supresión total de este tipo de despido, puede llegar a hacerlo menos ventajoso al incentivar el despido procedente o pudiendo subvencionar el despido objetivo pudiéndolo costear la subvención con las cuotas empresariales similares de todas las empresas.

Imagen: Google

El Fogasa abonará 8 días de despido contratos fijos ordinarios

 

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Dentro de la reforma laboral aprobada por el Gobierno, existen novedades, entre ellas que el abono de 8 días de la indemnización por despido del Fondo Garantía Salarial (Fogasa) además de incluir a los contratos de fomento del empleo estable de 33 días de indemnización por despido improcedente, también incluye a los contratos indefinidos ordinarios que poseen 45 días de indemnización.

Por lo que, en los despidos objetivos individuales y en los despidos colectivos, el Fogasa sufragará 8 días de la indemnización por despido en caso que el empleado que haya sido despedido tenga un contrato de fomento o si su contrato es de carácter fijo ordinario. De forma que el pago de esta indemnización del Fogasa será transitorio, ya que lo reemplazará un fondo de capitalización individual que el trabajador tendrá derecho a utilizar si es despido, para formación o jubilación.

Este próximo fondo de capitalización, está basado en el modelo austriaco, dicho fondo de capitalización será creado a través de la tramitación de un proyecto de ley en el plazo de 1 año, aunque este fondo no significa que se incrementarán las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social.

Deberán encontrar una forma de que no se eleven las cotizaciones que pagan las empresas a la Seguridad Social, para ello se buscará reorganizar las cuotas que soportan actualmente las empresas.

Reforma laboral despido barato

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El cuestionado Ministro de Trabajo e Inmigración, Celestino Corbacho, como no podía ser de otra manera ha defendido la propuesta de la reforma laboral del Gobierno, dicha reforma les posibilitará a 7 millones de trabajadores que están bajo contratos precarios poder acceder a una serie de condiciones laborales mucho más estables.

Esta propuesta, han señalado que más que ser un abaratamiento del despido, lo que impulsa es que los contratos fijos se vuelvan más interesantes, debido a que al tener el contrato de 33 días en esa situación los trabajadores no perderán sus derechos de indemnización, a la vez que se produce un aligeramiento del coste del despido para los empresarios.

Por otro lado, han desmentido que la reforma laboral sea de carácter retroactivo, unos 11 millones de trabajadores que están bajo un contrato fijo no llegarán a perder sus derechos en medida que no se extinga el contrato.

Uno de los cuestionamientos respecto a esto, es que muchos lo ven como una aprobación del despido libre, aunque para el ministro en España ya existe, señalando que un empresario le asiste el derecho de despedir a un trabajador sólo con indemnizarlo por 45 días. De no llegarse a un acuerdo, entonces el Gobierno aprobará la reforma el 16 de Junio.

Imagen: ugt-aspanias.org

Los despidos por ERE tributan mal a Hacienda

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Se ha notificado que aquellos que hayan sido despedidos y recibido una indemnización, deberán revisar el borrador de la renta, ya que se estima que llegaron a pagar más a Hacienda de lo estimado, así lo ha comunicado el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF).

Desde Diciembre pasado ha sido aprobado por el Congreso, el aumento de 20 a 45 días por año trabajado el importe exento de tributación dirigido a rentas de indemnizaciones por expedientes de regulación de empleo (ERE). Dicha medida rige de forma retroactiva aplicándose a expedientes o despidos que hayan sido aprobados con posterioridad al 8 de Marzo de 2009.

Aunque, las retenciones que son aplicadas por parte de las empresas a despedidos entre los meses de Marzo y Diciembre de 2009 fueron realizaron bajo la anterior normativa y habiendo pagado de más a Hacienda, ante esto se deberá en la declaración de la renta aclarar esto.

En cuanto a los despedidos que no se encuentran obligados a la declaración al ganar una cifra inferior a 22.000€ anuales, la Agencia Tributaria les recomienda que igualmente la presenten. Para ello al hacerla deberán “consignar las retenciones soportadas, pudiendo obtener el reintegro de las mismas”.

La Agencia Tributaria a partir de sus cálculos, señala que el aumento de la exención beneficiará, a 270.000 trabajadores despedidos a la vez que el coste fiscal será de 680 millones de euros.

Desde Hacienda ya han salido cartas dirigidas a los afectados para comunicarles de dicha situación.

Mientras que, el REAF señaló que los profesionales y autónomos que tributan por el IRPF les asiste el derecho a la reducción del 20% del rendimiento neto si en 2009 mantuvieron o elevaron el número de empleados frente al anterior año.

Beneficios fiscales para afectados por ERE

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Como bien se sabe, el Congreso a fines de 2009 había aprobado el incremento de 20 a 45 días el límite establecido de exención de las indemnizaciones que son percibidas para los afectados por Expedientes de Regulación de Empleo (ERE) y que son tramitados desde el 8 de Marzo de 2009.

Desde hace unos días,  Hacienda se encuentra acumulando información de compañías que han abonado las indemnizaciones por ERE desde Marzo de 2009, con la finalidad de informar a los afectados por ERE que pueden elegir la devolución de los impuestos soportados en la próxima declaración del IRPF.

Hacienda remarca que con efectos del 1 de Enero de 2010, la deducción de 400€ sólo permanecerá siempre que la base imponible sea inferior a 8.000€, reduciéndose de manera proporcional hasta los 12.000€ anuales.

Es así que, que se recomienda desde su página Web, a aquellos contribuyentes que se encuentren bajo esta nueva regulación y que no tengan obligación de realizar la declaración de la renta, que presenten la declaración consignando las retenciones soportadas como una medida de conseguir el reintegro.

Aquellos trabajadores que hayan sido despedidos por ERE tendrán la oportunidad de consignar en la declaración de 2009 la parte de indemnización que se encuentra ligada a gravamen según la nueva normativa. Mientras que, en la casilla de retenciones, el importe soportado.

Además, Hacienda recuerda que con efectos del 1 de enero de este año, la deducción de 400 euros sólo se mantiene cuando la base imponible sea inferior a 8.000 euros. Y se reduce proporcionalmente hasta los 12.000 euros anuales.

Horas de trabajo perdidas por huelgas

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La conflictividad laboral debido al paro o a conflictos laborales internos, no sólo produce tensiones entre las partes, también genera el descenso de la productividad y cuando se entra en huelga generan la pérdida de horas de trabajo. Dentro de este panorama, la Comunidad de Madrid se ha ubicado en 2009, liderando en cuanto a la cantidad de horas perdidas por huelgas, llegando a ser más de 6,14 millones de horas no trabajadas debido a 113 conflictos laborales en los que han participado 32.160 trabajadores, así lo hace saber el informe anual de conflictividad laboral de la CEOE.

En lo que es todo el territorio español, las horas de trabajo perdidas debido a huelgas llegaron a 47.992.406, esto significa un incremento del 13,62% en comparación a 2008.

Estas horas perdidas se debieron a las 1.125 huelgas que se llegaron a contabilizar, siendo un 10,41% más que en 2008; mientras que las empresas y sectores afectados han sido 5.794.068 trabajadores, de ellos unos 546.330 quedaron implicados directamente, siendo el 51,87% más.

Respecto a la conflictividad estrictamente laboral –excluyendo las generadas por los empleados en servicios públicos-, se registraron 866 paros un 13,5% más, con 1.166.313 trabajadores en plantilla, de ellos 167.654 se encontraban implicados, siendo un 9,79% más.

Por lo que, las horas no trabajadas se incrementaron en el 44,5% frente a 2008, llegando a 27.204.283.
Dentro de estos datos, Madrid lideró en la cantidad de horas perdidas debido a huelgas, con más de 6,14 millones, le siguió Barcelona, con 3,74 millones; Vizcaya, con 3,45 millones; Pontevedra, con 2,58 millones; Navarra, con 1,79 millones y Jaén, con 1,03 millones.

En cuanto a las huelgas, Barcelona ha sido quién registró la mayor cantidad de huelgas, registrando 124, seguida por Madrid, con 113; Navarra, con 91; Álava, con 52; Vizcaya, con 46; y finalmente Guipúzcoa, con 45 y Asturias, 44.

Otro sector que lideró Barcelona, ha sido en el número de trabajadores que secundaron las huelgas, con 32.949, en esto también le siguió Madrid, con 32.160; Navarra, 17.716; Sevilla, 9.825; Asturias, 9.656; Málaga, 6.758 y Guipúzcoa, 5.935.

Mientras que de las 109 huelgas que fueron convocadas dentro del ámbito nacional llegaron a participar 272.627 trabajadores que han perdido 17.278.134 horas, el 36,01% del total del año.

Este informe, también desglosa los sectores que más han sufrido entre los que se encontraron:
-Transportes
-Comunicaciones
-Metal
-Educación
-Agricultura
-Ganadería
-Actividades sanitarias
-Industrias químicas
-Construcción
-Alimentación bebida y tabaco

En tanto de las 1.125 huelgas de 2009, 186 han afectado a empresas o servicios públicos, protagonizadas por 157.719 trabajadores con la pérdida de 14.965.437 horas de trabajo.

Si se buscan las causas, se puede decir que la principal causa de las 335 de las huelgas convocadas en 2009, ha sido por expedientes de regulación de empleo (ERE) la que generó dejar de trabajar unas 3.905.544 horas, un 110,38% menos, que en 2008.

Otras de las causas, ha sido la reivindicación del abono de salarios atrasados, debido a esto existieron 129 conflictos; por negociaciones de convenios, hubo 123; por demanda de las mejoras independientemente del convenio, hubo 205 conflictos; para solicitar aumentos salariales, 85 conflictos; mientras que por causa extralaborales hubo 73 y unos 70 por solidaridad.

Fuente: rrhhdigital.com

Rescisiones de contrato por ERE

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Ya habíamos hablado en otros post de los ERE, el número de expedientes de regulación de empleo (ERE) se ha multiplicado casi por tres durante 2009.

Actualmente unos 23.772 empleados han sido afectados por un ERE, llegando a registrarse un crecimiento de dichos procesos en un 170% -de 241 a 652-, igualmente por diversas circunstancias han posibilitado que esos empleados hayan mantenido sus trabajos. Siendo que del total de ERE, el 85% fueron temporales en Castilla y León a diferencia de otras comunidades.

Sólo el 14% de los casos llegaron a ser de rescisión, una de las causas se debe al acuerdo entre la Junta y los agentes económicos y sociales en 2009. En dicho acuerdo se firmó que el Gobierno regional debería aprobar una cantidad complementaria a los trabajadores afectados por ERE, esto permitía a las empresas –a través del ahorro de costes- poder aguantar un más tiempo y apostar por expedientes temporales bajo la condición de ser acordados con los trabajadores, justamente en esta medida se apoyaron más de 8.200 empleados, respecto a 2008 el número de empleados que perdieron su empleo, ha sido levemente inferior, llegando a ser 1.961 frente a 2.005.

Dicho acuerdo, ha posibilitado que casi 9 de cada 10 expedientes hayan sido pactados, y sólo el 6% fueron autorizados sin haber un acuerdo de por medio. Si se analizan los sectores, los más afectados, ha sido el industrial con 86 de cada 100 casos y en el sector de servicios un 10% y un 3% fue en la construcción.

En el sector de la de la construcción se da un hecho significativo, ya que los empleados terminan sin trabajo debido a la finalización de obra y sin un ERE de por medio.

Fuente: Google

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