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Consejos para conseguir financiación

En plena contracción del crédito, las PyMEs se encuentran más necesitadas que nunca de financiación. Aquí le acercamos algunos puntos a tener en cuenta para obtenerla.

Obtener financiación para su negocio es posible. Si bien el crédito se encuentra sumamamente contraído, puede conseguirlo si cuenta siempre que tenga un proyecto firme y aplique las normas básicas de negociación.

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Plan Avanza Pymes

Las Pymes pueden acceder al Préstamo Avanza TIC, un crédito que se puede utilizar con el solo propósito de dotar a las Pequeñas y Medianas Empresas de una conexión a Internet con banda ancha y realicen una inversión en equipamiento para ese fin.

A este préstamo ICO también pueden acceder aquellas que disponiendo de esta conexión de banda ancha realicen inversiones en software y hardware destinadas a mejorar sus procesos empresariales o a implantar el negocio y la factura electrónica.

De esta manera, las inversiones financiables seràn productos electrónicos, informáticos y de telecomunicaciones, incluyendo hardware, software, aplicaciones, servicios y contenidos para:

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PyMEs en la bolsa

Los mercados de capitales son una interesante forma de financiamiento para las empresas, pero estar en el Mercado Continuo puede resultar complejo y caro.



Las barreras de entrada -como la complejidad y la onerosidad- hizo que muchas empresas, sobre todo Pymes, quedaran afuera de la operativa -o directamente no entraran- porque les era más costoso conseguir entrar que los beneficios financieros que se podían obtener.

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Recuperación del IVA de los morosos

El 23 de Diciembre pasado entró en vigor la Ley 4/2008, cuya temática consiste en la recuperación del IVA facturado a los morosos de una empresa.


Esta ley produjo cambios sustanciales en la normativa aplicable a ese momento, dando las siguientes opciones de recuperación de ese IVA a morosos:

  • Si el moroso se acoge a la Ley Concursal, se puede emitir una factura rectificativa durante los 30 días posteriores a la publicación del Concurso.
  • Para facturas con impagos de antigüedad superior a 1 año, la rctificativa puede ser emitida solo bajo los siguientes supuestos:
  • el deudor debe ser una empresa o profesional
  • la base imponible debe superar los 300€
  • debe de haber transcurrido 1 año desde la exigibilidad y la reclamación debe realizarse en los 3 meses posteriores.
  • la factura debe haber sido reclamada judicialmente.
  • se debe comunicar a la Administración Tributaria

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Nuevas medidas de apoyo a las empresas para reactivar la economía española

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto Ley que recoge un importante conjunto de medidas de estímulo económico. Principalmente, tiene como objetivo el apoyo a la actividad de las empresas españolas, pues son las que están teniendo gran precariedad.

Sin ir más lejos, la semana pasada los empresarios (agrupados en Pymec) salieron a la calle en Barcelona para protestar sobre la situación actual que atraviesa la economía y la poca ayuda que reciben las empresa, en general, por parte de la Administración.

Las medidas adoptadas por el Gobierno son las siguientes:

* Refinanciación a las empresas viables. Se estimulan las operaciones de refinanciación a favor de empresas en dificultades.

* Incentivación de la suscripción de convenios anticipados que eviten la liquidación de la empresa en concurso. La reforma busca facilitar que las empresas que vayan al concurso hayan tenido la oportunidad de consensuar con sus principales acreedores un futuro convenio que impida la liquidación. En esta línea se incorporarían las siguientes reformas:
o Se prevén 3 meses de aplazamiento del deber de declarar concurso para los deudores que así lo comuniquen al juez, instrumentando así un plazo para fomentar un acuerdo con los acreedores sobre el convenio anticipado.
o Facilitar la propuesta de convenio anticipado, tanto para acreedores como para el deudor y flexibilizando el régimen de mayorías para alcanzar las adhesiones necesarias.

*Agilización del procedimiento de concurso y reducción de sus costes. Se pretende reducir la duración del concurso reduciendo la previsible degradación progresiva de la situación patrimonial y financiera de la empresa y los costes del proceso.

* Agilización de la liquidación de la empresa, cuando su situación económica pone de manifiesto desde un inicio que éste es el final razonable del proceso. Con esta finalidad se introduciría la posibilidad de la liquidación anticipada a propuesta del deudor y la realización de bienes para el pago a los acreedores.

* Revisión de la situación de determinados créditos, reforzando las garantías de los créditos públicos y del FOGASA, la posición de los acreedores que no pudieron conocer el concurso y subordinando los créditos derivados de obligaciones recíprocas cuando el incumplimiento es resultado de la actuación obstaculizadora del acreedor y los de los socios especialmente relacionados con el concursado.

* Mejora en la situación de los trabajadores de empresas concursadas. Para evitar la paralización de los expedientes de regulación de empleo en tramitación se permite su continuación en tanto no se declare el concurso de la empresa.

¿Qué es el ICO?

Durante los últimos meses, hemos oído hablar mucho del ICO, el El Instituto de Crédito Oficial, por las diferentes subvenciones y financiación que otorga el Gobierno a través de este organismo. ¿Pero qué es y cuál es su misión?

El Instituto de Crédito Oficial es una entidad pública empresarial, adscrita al Ministerio de Economía y Hacienda a través de la Secretaría de Estado de Economía que tiene consideración de Agencia Financiera del Estado. Trabaja por el crecimiento y la mejora de la distribución de la riqueza nacional y fomenta aquellas actividades económicas que por su trascendencia social, cultural, innovadora o ecológica merezcan una atención preferente.

El ICO tiene como principales objetivos sostener y promover aquellas actividades económicas que contribuyan al crecimiento y a la mejora de la distribución de la riqueza nacional y en especial, aquéllas que, por su trascendencia social, cultural, innovadora o ecológica, merezcan una atención prioritaria. Estos objetivos son llevados a cabo por el ICO en su doble función de Entidad de Crédito Especializada y Agencia Financiera del Estado. De esta manera, apoya los proyectos de inversión de las empresas españolas, para que sean más competitivas y contribuyan al progreso económico de nuestro país.

La financiación del ICO se dirige a impulsar sectores como la industria cinematográfica, el transporte, favorecer los proyectos de innovación tecnológica, las energías renovables y potenciar la presencia de nuestras empresas en el exterior.

Principales acciones

* Impulsa las inversiones de las Pymes
* Promueve la vivienda en alquiler y la urbanización del suelo
* Favorece la internacionalización de las empresas españolas
* Potencia la industria cinematografica española
* Apoya el desarrollo de grandes proyectos de inversión en España
* Fomenta las exportaciones y la ayuda oficial al desarrollo
* Financia, por cuenta del gobierno, a los afectados por graves crisis económicas o catástrofes naturales

Nueva línea de liquidez para medianas empresas

El Gobierno acaba de aprobar una nueva línea de liquidez para medianas empresas, a través del ICO, una nueva iniciativa que se suma a las ya lanzadas por el ejecutivo en estos últimos meses con el objetivo de ayudar a la creación de empleo y ayudar a las empresas con problemas económicos.

El objetivo de la nueva línea de liquidez para medianas empresas es la financiación de capital circulante a empresas medianas, solventes y viables, que se enfrenten a una situación transitoria de restricción de crédito. Cabe destaca que tendrá una dotación de hasta 6.000 millones de euros, de los cuales 3.000 millones serán aportados por el ICO y los otros 3.000 millones por las entidades de crédito.

Cada empresa podrá solicitar un máximo de 10 millones de euros, a devolver en un plazo de 3 años, con uno de carencia en el pago del principal. Es importante resaltar que podrán acogerse a esta nueva línea las empresas que por su tamaño queden fuera de la línea ICO-liquidez para pymes y que durante 2008 hayan cumplido alguno de los siguientes requisitos:

-Realizar actividades de investigación, desarrollo e innovación que representen, al menos, el 1% sobre su cifra anual de negocio.
-Haber creado o mantenido empleo neto.
-Realizar actividades internacionales de manera que al menos el 25% de su cifra de negocio se haya producido fuera de España.

A través de todas estas medidas, el ICO ha proporcionado 2.400 millones de euros de financiación a las pymes y a los autónomos durante los dos primeros meses de 2009.

Las Pymes recibirán 46.000 millones a través de créditos ICO

Ésta es la última noticia que conocemos de parte del Gobierno sobre los créditos ICO para pymes. Aunque, luego pasado el tiempo, la realidad es distinta porque si hiciéramos una encuesta sobre cuántas pymes han recibido ya crédito ICO están son más bien pocas.

Sea como sea, el Gobierno destina recursos para ayudar a las pymes 46.000 millones de euros, 17.000 millones mediante medidas de carácter fiscal y 29.000 millones a través de la ampliación de los instrumentos disponibles para facilitar su acceso al crédito a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO).

Como respuesta a la crisis que atraviesan muchas de estas empresas, el Gobierno ha puesto en marcha el Plan Español de Estímulo a la Economía y el Empleo (Plan E), que contiene las medidas que liberarán esos recursos y que supone un esfuerzo sin precedentes en términos de apoyo a las Pymes.

A todo ello hemos de destacar la importancia con la coordinación europea, concretamente el Programa Marco de Competitividad e Innovación (CIP) 2007-2013, en el que España viene participando de forma muy activa. La decisión de las instituciones comunitarias de destinar 30.000 millones de euros es importante para ver lo que se está llevando a cabo, también, para las empresas europeas.

¿Cómo luchar contra los morosos? Contrate un seguro de crédito para su pyme

Con las cifras de impagos aumentando a un ritmo vertiginoso (un 84,5 por ciento entre enero y julio de 2008) mejor será cubrir las espaldas de su empresa. Para ello, una de las alternativas de las que puede echar mano una pyme a fin de luchar contra la morosidad es la contratación de un seguro de crédito que salve sus cuentas aun cuando su cliente se declare insolvente. En España, la mayor parte de las compañías aseguradoras ya cuentan con varias líneas orientadas a la pequeña y mediana empresa.

Esta figura, aunque se ha ido haciendo más conocida con el paso de los años, se creó ya en 1980, a través de la Ley 50 de ese año: “Por el seguro de crédito el asegurador se obliga, dentro de los límites establecidos por la ley y el contrato, a indemnizar al asegurado de las pérdidas finales que experimente a causa de la insolvencia”. En otras palabras: si uno de sus clientes se resiste a pagarle lo que debe, usted podrá tirar del seguro de crédito y será la aseguradora quien garantice los cobros. La compañía podrá anticipar a la pyme hasta el 100 por cien de su responsabilidad máxima indemnizatoria en caso de que no se pueda cuantificar la pérdida final y una vez recibido Aviso de Insolvencia Provisional. No obstante, en caso de que sí se calcule la pérdida del asegurado, la aseguradora tendrá que liquidar la indemnización correspondiente.

Asimismo, si su empresa está cubierta por un seguro de este tipo estará protegida en casos como los siguientes, cada vez más habituales, especialmente en ciertos sectores como el de la construcción: declaración del deudor en concurso de acreedores o una sentencia judicial que corrobore su falta de bienes para hacer frente al impago.

Pero ¿cuánto puede costar la contratación de estos seguros? Es difícil dar una cifra, pues las compañías son reticentes a hablar de precios generales. Un modelo habitual es que las aseguradoras se lleven un porcentaje sobre las ventas de la pyme que cubra el contrato durante la anualidad del seguro. Se puede establecer una prima provisional, que se paga de forma fraccionada, además de una prima mínima anual. Eso sí, cada pequeña o mediana empresa será primero analizada por la aseguradora, en función de los riesgos a los que esté expuesta y con el objetivo de determinar cuál será el límite de crédito que esté dispuesta a asegurar.

Conozca a sus clientes

Más vale prevenir y saber con quién se hacen los negocios. El método oficial de ver cuál es el estado de las empresas es el Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME), en el que cada compañía da a conocer toda aquella información sobre su actividad que deba ser de dominio público, también en caso de que esté pasando por momentos difíciles como una declaración de concurso de acreedores.

No obstante, de la mano de Internet han surgido sistemas más cómodos para comprobar en qué situación se encuentran las compañías que en un determinado momento pueden convertirse en sus clientes. Varias páginas web permiten acceder a información concreta sobre impagos, cuentas y riesgos a los que se exponen las compañías. Algunas de ellas son, por ejemplo: Einforma, Comerdata, Informesoline.es, Iberinform, Nomefio.es/ y Axesor.es/. Para conseguir estos datos es necesario el pago de una cuota, aunque muchas de ellas ofrecen promociones con las que se pueden conseguir varios informes de forma gratuita.

Bienvenidos a Gestion Pyme. En gestionpyme.com podrás encontrar información relacionada con el mundo de las pequeñas y medianas empresas: Consejos prácticos, información útil... .

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