Publicado por Daniel Ratto - 24/11/09 a las 07:11:43 am

Tal vez este post parezca un poco audaz o pretencioso al brindarle información de como crear una nueva empresa en medio de la actual crisis y quizás no sea un buen momento para ello, pero entre tantas empresas que desaparecen y otras tantas que no crecen, hacen que no se tenga presente esta oportunidad, la de constituir una empresa.
Justamente existen numerosos casos de empresas que fueron constituidas en medio de una crisis, es por ello que le brindaremos una serie de pautas e información necesaria para montar una empresa.
Existen dos opciones para elegir a la hora de montar una empresa:
- Desarrollar la actividad establecida de antemano, como persona física (Autónomo)
- Desarrollarla como Empresa (Sociedad mercantil); usualmente la forma societaria más común es la Sociedad Limitada.
A la hora de volcarse por una u otra se deberá tener en cuenta una serie de factores:
Autónomo o Sociedad Limitada:
Para poder elegir una de estas formas, hay que tener una serie de condiciones económicas, jurídicas o de imagen que son las que determinarán qué tipo de empresa elegir para montar. Es por ello que al constituir una empresa, se debe elegir la forma jurídica que más se ajuste a sus necesidades.
La ley brinda dos opciones: Poder actuar como autónomo o crear una sociedad. Existen distintos tipos de formas jurídicas, siendo la sociedad limitada la más común, muchas veces en el caso de pequeños empresarios.
Límites de responsabilidad:
En el caso de un empresario autónomo, la responsabilidad es ilimitada; al no existir entre el patrimonio mercantil y el personal división. Mientras que en las sociedades limitadas la responsabilidad está limitada al capital aportado. De esta manera, cuando una sociedad limitada se declara en quiebra, sólo responderá con los bienes que posee, así nunca lo hará con los bienes de sus propietarios.
Recursos financieros:
Una sociedad limitada exige desembolsar un capital mínimo de 3.006,00€. Pero cuando llega el tiempo de conceder un préstamo, los bancos les exigen a los socios la aportación de avales personales.
Impuestos:
A la hora de tributar fiscalmente, su manera es diferente en cada fórmula jurídica. Así, los empresarios autónomos pueden obtener directamente los beneficios de su actividad empresarial y deben tributar en el IRPF. Por el lado de la sociedad limitada, ésta debe tributar a través del Impuesto de Sociedades.
Número de promotores:
En los casos donde existe más de un socio se suele formar una sociedad, si bien existen casos de sociedades limitadas unipersonales, que están constituidas por un solo miembro.
Trámites:
A la hora de los trámites, al comenzar la actividad como empresario individual es mucho más rápido y fácil que al optar por una sociedad limitada.
Confianza:
En cuanto a este factor, en el caso de una sociedad limitada, está obligada a depositar sus datos contables en el Registro Mercantil, lo que aporta mayores garantías a clientes y proveedores que en el caso de un empresario individual.
Obligaciones del Autónomo:
Más allá de ser, industrial, comerciante o profesional, el empresario autónomo se encuentra obligado a cotizar a la Seguridad Social mediante el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Si bien ciertas profesiones se encuentran exentas del pago de dicha cotización, cuando su Colegio o Asociación profesional garantice esta cobertura asistencial mediante convenio con la Seguridad Social.
En cuanto a la cotización a la Seguridad Social, ésta se establece a partir de las bases que el Ministerio de Economía y Hacienda publica cada año. Por lo tanto, el trabajador debe abonar una cuota mensual, la que varía según la base elegida. De esta manera cuanto mayor sea la base, mayor será la cuota, incluso afectará el volumen de cobertura que aporta la Seguridad Social por enfermedad, incapacidad laboral y jubilación.
En caso de decidirse por la Sociedad Limitada, existen dos opciones:
- Constituir uno mismo la Sociedad Limitada.
- Adquirir una sociedad Limitada previamente constituida. Para ello existen varias Empresas y despachos profesionales de abogados y economistas, que se especializan en la venta de sociedades que ya fueron constituidas.
Cada una de las opciones presenta ventajas y desventajas, a partir de las necesidades particulares, lo que hará que se elijan una u otra opción. Una de las recomendaciones que se suelen hacer es el de elegir la opción de constituirla directamente, ya que saldrá más económico.
Opciones:
Constituir por si mismos la sociedad: Los siguientes son los pasos a seguir:
- Solicitar ante el Registro Mercantil Central, la denominación social, -se suelen solicitar 3 nombres-, tras pasar 15 días hábiles de espera, existen dos posibilidades:
El Registro Mercantil Central acepta una de las tres denominaciones que se ha solicitado.
El Registro Mercantil Central deniega las 3 denominaciones que han sido solicitadas.
La otorgación o denegación llegará por: Por correo certificado, por mensajería o por correo contra reembolso.
- Depósito del Capital Social en una entidad bancaria mínimo legal exigido (3.006,00€) y solicitud del certificado de aportación de dicho capital, aportando al Banco el Certificado enviado por el Registro Mercantil Central para abrir una cuenta de empresa en constitución.
- Elaboración de los Estatutos Sociales.
- Con el certificado bancario, el certificado de denominación y los estatutos sociales se puede solicitar hora en Notaría.
- Firma de la escritura de constitución ante el Notario.
- Con la escritura de constitución se presenta el Modelo 036 de petición de CIF Provisional en la delegación de Hacienda que le corresponda por domicilio social de la empresa, salvo que lo solicite por teléfono.
- Se debe de aportar respectivamente cumplimentados los Folios del Modelo 036: Folio 1, Folio 2B, Folio 3, Folio 8. Este documento debe estar firmado por el Administrador de la empresa. Además se debe aportar la fotocopia del DNI del Administrador y aportar una fotocopia de las escrituras de constitución.
En tanto que, el funcionario de la delegación de Hacienda, le sellará dicho modelo en su primera página y le dará un número provisional de CIF, además le entregará un documento “Certificado de CIF Provisional”.
- Con una copia de este documento y una copia del DNI del Administrador, además de rellenar un formulario de solicitud de etiquetas obtendrá unas etiquetas autoadhesivas con su numeración fiscal provisional.
- Presentación de Actos Jurídicos en Agencia Tributaria correspondiente: Se debe de rellenar el modelo 600 correspondiente a cada comunidad autónoma.
- Pago del Impuesto por Constitución de Empresa; Actos Jurídicos Documentados, cuyo importe asciende al 1% del capital social.
- Inscripción en Registro de Agencia Tributaria correspondiente.
- Presentación en el Registro Mercantil de la siguiente documentación:
Presentación de la Escritura de Constitución
Carta de pago de la Agencia Tributaria
Fotocopia del DNI del Administrador
Fotocopia de las Escrituras
En función de en qué Registro Mercantil de España lo presente, deberá cumplimentar o no un formulario que de ser necesario los funcionarios de dicho organismo oficial le ayudarán a cumplimentar.
Se deja una provisión de fondo en el que el importe varía según la comunidad, aunque para Catalunya es de 100,19€ y corresponde a la futura inscripción en el BORME de la documentación aportada.
- Tras 15 días hábiles, se recuperan registradas dichas escrituras abonando un importe por su inscripción registral en el Registro Mercantil.
- Se presenta en la delegación de Hacienda que le corresponda por domicilio social de la empresa, el modelo 036 de Hacienda con los folios respectivamente cumplimentados para obtener el Certificado de CIF definitivo, además el funcionario que le atienda deberá sellar el modelo 036: Folio 1, Folio 2B, Folio 3 y Folio 6
Deberá aportar además de dicho modelo: Originales de las escrituras registradas, fotocopia de las escrituras registradas y fotocopia del DNI del Administrador.
El Funcionario de la delegación de Hacienda, deberá sellar el modelo en su primera página y brindarle un número provisional de CIF, también le dará un documento llamado “Certificado de CIF Definitivo”.
- Con una copia de este documento y copia del DNI del Administrador y rellenando un formulario de solicitud de etiquetas obtendrá unas etiquetas autoadhesivas con su numeración fiscal provisional.
- Puede en dicho documento dar de alta la actividad de la empresa indicando el epígrafe al que corresponde en la nomenclatura de Hacienda o puede hacerlo en un posterior modelo 036 presentado.
- Mientras que al solicitar el CIF definitivo también solicita en el folio 6 el alta de las obligaciones fiscales automáticamente.
Comprar una sociedad Limitada ya constituida: Esta es la otra opción
Ventajas de Adquirir una Sociedad ya Constituida:
Confidencialidad:
En este caso, la escritura de compraventa de las participaciones sociales, no es acto inscribible en el registro mercantil, esto le permite una mayor discreción respecto al nombre y datos de los nuevos socios adquirientes.
Rapidez:
Esta es una de las ventajas, ya que la transmisión de la sociedad puede ser rápida, en ciertos casos en plazos inferiores a las 24 horas, llegándose a ahorrar plazos de hasta 50 días en los casos de constitución de una sociedad, logrando facilitar una sociedad legalizada y lista para operar.
Otra de las ventajas se da en que, los compradores no tienen que desembolsar inicialmente el capital social, el que suele ser de un mínimo de 3.006€, puesto que ya ha desembolsado previamente la totalidad del capital social.
Comodidad y flexibilidad:
Este tipo de empresas le facilitan a sus clientes la realización de las modificaciones que sean necesarias para adaptar los estatutos a sus necesidades de cada caso, y sobre todo en el mismo día de la compraventa de las participaciones de dicha sociedad. Por lo que dan la posibilidad de crear sociedades a medida, de cada cliente, pudiendo realizar los cambios que sean necesarios: cambios de régimen de administración, cambio del objeto social, ampliación de capital Social o modificación de los Estatutos de la Sociedad.
Fecha de publicacion: noviembre 24, 2009
Categorias: crear empresa, Emprendedores, emprendimientos, Empresas, servicios, trámites
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Publicado por Daniel Ratto - 15/11/09 a las 08:11:19 am

Dentro de toda crisis hay nichos que explorar y explotar, se está poniendo de moda “aunque todavía no marca tendencia”, los llamados Business center. Este tipo de centros de negocios brinda ventajas como la de evitarse la gestión de su oficina o el de pagar solamente por la superficie que utiliza al día.
Los centros de negocios son firmas que aúnan el alquiler de oficinas con la prestación de servicios. Son empresas que se encuentran vinculada al negocio inmobiliario, y no sólo se ocupan del arrendamiento de una superficie para empresas y profesionales de diferentes sectores. Se definen como empresas de servicios, como los hoteles, ya que su actividad no es inmobiliaria. Por lo que, los centros no se deben manejar como si fueran inmuebles, según señalan desde la Asociación Española de Centros de Negocios (ACN).
Dicha organización, es reciente ya que fue fundada en 2008, agrupa 170 empresas de centros de negocios en España, en las que se incluye Regus.
Por medio de una única gestión, los centros de negocios ofrecen el alquiler de despachos incluyendo las prestaciones de una oficina como: servicio de recepción, gestión de correspondencia, servicios de secretariado, gestión de teléfono e internety catering. Otro de los servicios que ofrecen estos centros de negocios son la recepción y gestión de llamadas a empresas, con la posibilidad de derivarlas a cualquier teléfono.
Este tipo de servicios es ideal ante un momento de expansión, para optimizar los recursos disponibles y ahorro de costes, sobre todo en estos momentos tan acuciantes para las pequeñas y medianas empresas, aunque también lo han adoptado alguna multinacional y pequeñas firmas corporativas.
La crisis obliga a las empresas a buscar estrategias para bajar costes y reducir riesgos. Una de las que ofrece este servicio es Regus, desde la misma señalan que desde hace un par de años, notan un incremento de la demanda de sus productos en cerca del 20%.
Este incremento se da a partir del aumento de superficie de oficinas que se encuentran disponibles en el mercado español y a la bajada de precio del metro cuadrado, lo que produce que la oferta de centros de negocios crezca.
El ahorro en los gastos de oficinas comienza al momento de la implantación, por lo que al no tener que invertir en mobiliario o incluso en una dotación tecnológica, como las líneas de telefonía e Internet, se genera el ahorro buscado. Mientras que, el desembolso inicial que debe hacer un usuario de un centro de negocios es un 82,35% inferior respecto al que se instala en una oficina convencional.
En cuanto a los gastos mensuales, el ahorro que se genera es de un 60,3%. Y una oficina puede costar de media unos 550 euros por persona al mes. En el caso de una oficina virtual, su precio es de 90€ en Madrid o Barcelona.
Otra de las ventajas que brindan, además del ahorro en los costes, es la inmediatez entre los usuarios de centros de negocios. Ya que la ubicación de una empresa o filial es prácticamente inmediata y se elimina la inversión. Lo que significa un ahorro de tiempo y dinero, si hay alguien que aprecia esto son los emprendedores ya que requieren de tiempo para iniciar la actividad empresarial y las mínimas cargas posibles.
Por el lado de los contratos, estos son variables; de esta manera, el usuario puede ampliar o reducir la superficie y servicios contratados, ante las necesidades de la empresa.
Con todas estas ventajas, en muchos casos lo único que deben hacer los empresarios es llegar, conectar su ordenador y comenzar con sus actividades, dentro de una oficina a medida. Evitándose invertir su capital en activos, ni perder tiempo en buscar y montar su oficina. Uno de los ejemplos de espacio y coste es el que se da en el distrito financiero de Madrid, puede encontrarse un despacho de 30 m2, por sólo 240€ al mes, incluyéndose todos los servicios.
La crisis hace crecer el negocio de servicios como la domiciliación y la oficina virtual, a precios muy razonables ante la actual situación y por costes y espacio. Además de que dicho servicio permite contratar la recepción de correo o la gestión de llamadas sin tener que contratar una superficie.
Ante esto, desde la Asociación de Centros de Negocios pusieron en marcha el “Plan 22.000”. El cual cuenta con una inversión de 10 millones de euros, además de ofrecer 22.000 bonos de 450€ para sufragar el pago de una oficina virtual durante 1 año, además de 4 horas de despacho o de sala de reuniones. Dicha oferta, se puede aplicar en 170 centros y significa un ahorro de entre el 25% y el 50% del precio final.
El perfil medio de usuario de estos servicios pueden ser emprendedores, pymes, multinacionales que para evitarse costes innecesarios y que buscan una primera ubicación en España, o empresas que necesitan abrir nuevas delegaciones y no quieren generarse un gasto elevado.
Por otro lado, en los centros de ciudades medianas, el cliente medio es el definido como usuario fijo discontinuo, que son aquellos que utilizan las oficinas del centro los días que está en esa ciudad, para después volver a su ubicación habitual de trabajo.
En total existen en todo el territorio español más de 350 centros, con 5.000 despachos y con 140.00 metros cuadrados.
Madrid y Barcelona llegan a concentrar más del 50% de los centros de negocios.
Son cerca de 20.000 clientes, entre profesionales, pymes y multinacionales.
España es el tercer país a nivel europeo con mayor número de centros.
En facturación, estos centros de negocios registran un volumen de facturación de 68 millones de euros.
Fecha de publicacion: noviembre 15, 2009
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Publicado por Daniel Ratto - 04/11/09 a las 09:11:41 am

En una medida que los autónomos agradecerán, estos tendrán prioridad respecto a las contrataciones del nuevo Fondo Local. Desde ahora los trabajadores autónomos que hayan cesado en sus actividades y se lleguen a inscribir como demandantes de empleo no ocupados en las oficinas de los servicios públicos de empleo, junto a los parados y los parados de larga duración con más de un año en el paro, serán los colectivos que tendrán prioridad de contratación en el Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local. Dicho fondo estará dotado de 5.000 millones de euros.
Desde la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) señalaron su contento con esta medida en la que se tiene en cuenta a los trabajadores autónomos y que están en el paro. Asimismo UPTA destacó que, por medio del fondo, podrán financiarse diferentes actuaciones que tengan como finalidad, la adquisición de equipos y sistemas de telecomunicaciones y para el tratamiento de la información, sus respectivos dispositivos y programas.
Este Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local se encuentra dirigido a financiar las diferentes actuaciones generadoras de empleo en obras de nueva planificación y de ejecución inmediata, con la salvedad que los proyectos deberán tomar en cuenta la perspectiva del desarrollo sostenible en lo medioambiental, de creación de empleo, de apoyo a la investigación, del desarrollo tecnológico y de la investigación.
También vale aclarar que los futuros proyectos, objetos de subvención son más asequibles para el colectivo de autónomos, siendo esto un impulso para frenar y paliar el fuerte descenso de afiliaciones que sufre el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
Fecha de publicacion: noviembre 4, 2009
Categorias: Autónomos, ayudas, creación empleo, crear empresa, crear empresas, crreación empresas, de paro, desempleo, empleados, emprendimientos, Empresas, estar de paro, financiacion, parados, paro, prestamos, recursos, RETA, servicios, UPTA
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Publicado por Daniel Ratto - 31/10/09 a las 08:10:12 am

En sus dos primeros años Microbank, el banco social de La Caixa, ya ha financiado 48.813 proyectos por medio de la concesión de microcréditos a emprendedores y familias que desean emprender o tener un proyecto, que en el largo plazo puede transformarse en una micropyme por 331,8 millones de euros.
A través del modelo de MicroBank se ha podido impulsar la inclusión financiera de personas que presentan problemas de acceso al crédito por medio del desarrollo de productos y servicios adaptados a sus necesidades, aemás de facilitar la colaboración con organismos nacionales e internacionales que desean apoyar a colectivos que presentan una vulnerabilidad.
Entre Enero y Septiembre, la actividad de MicroBank registra un beneficio de 5,2 millones de euros, además de una morosidad contenida en el 2,7% y un ratio de cobertura del 117%. Mientras que en 2009 ha logrado formalizar 130 operaciones por día, por el valor de un importe medio concedido de 6.800 euros. La mitad de la cartera de MicroBank pertenece a microcréditos para familias, un 53,8% y un importe de 181 millones de euros.
En cuanto a los microcréditos para negocios para financieros y sociales, representa la otra mitad de su cartera, registrando un importe de 150,8 millones de euros. El 60% de los microcréditos para negocios fue destinado a poner en marcha un proyecto empresarial y el otro 40% dirigido a ampliar un proyecto ya comenzado.
El 84% de los negocios que fueron financiados por MicroBank,lograron tener éxito y generando 16.000 puestos de trabajo.
Fecha de publicacion: octubre 31, 2009
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