Buscar:

Capital. Archivos de la tematica Capital

A continuación puedes leer artículos que los autores etiquetaron con la temática Capital. Puedes navegar a traves de ellos pulsando en su titulo

Dirigentes externos en la empresa familiar

Como su propio nombre indica, una de las particularidades y señas de identidad de la empresa familiar es, precisamente, su carácter familiar. Nadie duda de que en ningún otro tipo de compañía haya un mayor sentimiento de integración por parte de los trabajadores ni una motivación más acentuada. Del mismo modo, se puede presuponer un profundo conocimiento del negocio, fruto de generaciones trabajando en un mismo sector, y una lógica flexibilidad laboral para animar a los miembros de la familia a continuar con el legado.

Pero como suele ocurrir en ocasiones, la virtud puede ser al mismo tiempo defecto. Precisamente esta perpetuación familiar puede derivar en una cierta rigidez a la hora de observar los cambios en el entorno y adaptarse a ellos. A todo esto hay que añadir, una vez más, la falta de capital para invertir que suele ser común a todas las pyme, independientemente de su carácter familiar o no. Otro de los problemas más habituales son las presiones para colocar a determinado miembro de la familia no ya dentro de la empresa sino en un cargo de responsabilidad, evidentemente bien remunerado y para el que puede que, incluso, no esté preparado. Y es que mantener la objetividad cuando se habla de familia es siempre complicado, por no decir imposible.

Una solución para evitar conflictos y mantener una línea de imparcialidad es la de contar con personal externo en determinados puestos clave e incluso como el máximo responsable. Son ya muchas las empresas familiares que se han apuntado un tanto con esta medida y han ganado en transparencia y, hasta cierto punto, en profesionalidad Además, hay que tener en cuenta que este profesional no tiene por que participar del capital social de la empresa y puede permanecer como asalariado. En cualquier caso, hay que tener en cuenta que una tercera opinión, más alejada de los avatares familiares y de las relaciones entre los miembros de la familia puede ser positiva para la marcha de la empresa. Al final, el truco está en alcanzar un equilibrio entre lo que dicta la cabeza y el corazón y muchos empresarios familiares, por su apego a la compañía o su falta de conocimientos específicos en el campo de la gestión, terminan no siendo la persona idónea para llevar las riendas de la corporación.

Las ventajas de aliarse con una gran empresa

El camino de la pyme no siempre es sencillo y los problemas inherentes a su tamaño son uno de sus mayores condicionantes y, en muchos casos, una traba para el que los expertos consideran su camino de supervivencia más coherente: la especialización. En este sentido, una pequeña y mediana empresa puede contar con una gran idea pero no con los medios para desarrollarlo y llegarlo a buen puerto. Aquí es donde es necesario buscar recursos fuera de la empresa. Créditos, ampliaciones de capital, ayudas y subvenciones son las fórmulas más comunes, pero existen otras que nada tienen que ver con el ámbito económico. Una de ellas es la de buscar un socio de negocio con mayores recursos, es decir, una gran empresa.

El cobijo de una multinacional tiene sus ventajas, empezando porque es posible acceder a una serie de recursos que de otra forma siempre estarían fuera de su alcance. Todo esto sin apenas sacrificar su capacidad de maniobra, ya que ni ha acumulado más deuda ni ha tenido que dar entrada a nuevos ocios en su capital social. Además, la pyme puede beneficiarse de los conocimientos del sector de este ‘hermano mayor’, de su experiencia y, sobre todo, en muchos casos, de su buen nombre. Por una parte siempre sirve para mejorar el buen nombre de la pyme y, por otra, amplía su base de clientes con los de la gran corporación.

Microsoft y su programa de partners es un buen ejemplo de cómo funcionan estas alianzas y sus ventajas. A través de su programa de partners permite a la pyme disfrutar de una serie de recursos y herramientas que le permitirán ampliar su alcance en el mercado, impulsar sus ventas, reducir costes y optar a cursos de formación exclusivos para socios, además de tener acceso a un soporte técnico de pre y post- venta de otra forma impensable. Al final, un buen símil sería decir que es como ir de copiloto en un Ferrari: siempre luce.

Evidentemente, y como siempre que se toman decisiones referentes a la estrategia de la pyme, hay que tomar una serie de precauciones y existen algunas directrices que es mejor seguir. En primer lugar, suele ser recomendable plantearse qué tipo de socio le vendrá bien a la empresa. Una buena opción en este sentido es buscar la complementariedad, para lograr así un ahorro de costes en un área de desarrollo determinada. Es otra forma de optimizar los recursos con los que cuenta la empresa, aunque no sean propios. Todo esto ayudará a la pyme a mejorar su operativa y, en definitiva, a especializarse.

Por otra parte, siempre es necesario llegar a un acuerdo que no hipoteque el futuro de la compañía y le deje libertad de movimientos para buscar otras alianzas o seguir creciendo en su mercado de referencia.

Business Angels, salvadores divinos

En muchos casos son considerados los salvadores de la empresa, en otros, una fórmula para dar cabida a nuevos socios con fuerte experiencia en gestión de empresa. En cualquier caso, lo único seguro es que los business angels se presentan como una de las soluciones al problema de la financiación empresarial más en boga en los últimos tiempos. Esta figura, que podría traducirse como “ángel de negocio” se ha popularizado enormemente entre las pyme. Pero ¿qué son exáctamente? Nada más que personas o agrupaciones de personas con capacidad de inversión y amplios conocimientos empresariales que, fundamentalmente, impulsa el negocio de la pyme.

Hasta cierto punto, los business angels pueden compararse a las empresas de capital riesgo, especialmente ahora que comienzan a florecer las asociaciones entre estos inversores privados. Sin embargo, se trata de una figura mucho más cercana al pequeño y mediano empresario que las compañías de capital riesgo. Y es que estas figuras celestiales, que generalmente invierten en sectores que conocen y donde tienen experiencia, tienden a involucrarse notablemente en el día a día de la empresa y en su gestión. Se puede decir que hacen las veces de consejero experto en administración de empresas o de un sector concreto.

En este sentido, los business angels invierten su propio dinero en la compañía, es decir, ponen en juego su capital, por lo que su interés porque el proyecto llegue a buen puerto están lejos de toda duda. Su experiencia puede ser una baza importante para tiempos difíciles, especialmente teniendo en cuenta que suelen apostar por compañías en su fase de formación o en sus primeros años. Además, la desinversión o recogida de dividendos en el caso de los propios business angels, suele ser relativamente lenta si se compara con el capital riesgo.

En los últimos tiempos este tipo de inversores ha comenzado a agruparse en torno a redes de business angels, que les permiten ayudar a más compañías y aumentar la cuantía de sus inversiones. La Red Española de Business Angels (EBAN) expone en su página web los requisitos que deben cumplir estos inversores y los beneficios de estas asociaciones.

Concurso de acreedores: ¿Cómo librarse de él?

Sabemos que el concurso de acreedores es una frase que nos puede hacer temblar seamos particulares o tengamos una empresa. Además, de la Suspensión de Pagos sigue siendo un término muy utilizado por parte de los empresarios pese a que, legalmente, sea ya un término obsoleto. Hoy se puede hablar de la Nueva Ley Concursal.

Este término ilustra una situación que cualquier compañía desearía evitar; como es la imposibilidad de hacer poder frente a sus deudas por falta de liquidez o de efectivo algo que en los últimos años ya es algo bien aprendido. Al mismo tiempo, también implica que la pyme sí posee activos o bienes que le permitirían hacer frente a sus obligaciones financieras. Detrás de esta circunstancia existe todo un procedimiento que es obligatorio seguir y que desde 2003 está regulado por la Ley Concursal, que, curiosamente, también es la que se encarga de resolver situaciones de quiebra.

Nueva Ley Concursal:

La nueva Ley Concursal para algunos expertos en el tema, podrá impulsar acuerdos extrajudiciales para la refinanciación de empresas que están en medio de un concurso de acreedores.

Además la nueva Ley Concursal a primeras debería de aportar mejor seguridad jurídica, así cómo diferentes formas que sean alternativas a las actuales para brindar viabilidad de la empresa y garantía judicial.

En cuanto a la tramitación, se mejora al incluir medios telemáticos, y el lograr simplificar el proceso, y rapidez de tramitaciones.

Todo esto supondrá una mejora al modificar algunos comportamientos en la tramitaciones y ciertos agujeros en la ley que hacen que la misma no sea lo efectiva que se pretende que sea.

Por lo que con esta nueva Ley, logra modificar positivamente la anterior a través del Real Decreto-Ley 2/2009, de 27 de Marzo, de medidas urgentes en lo que se entiende en la vía tributaria, financiera y concursal, y como dijimos se logra dar rapidez, a la vez que se simplifica y abarata el procedimiento concursal.

Por otro lado también una profundización en cuanto a ciertas alternativas al concurso mediante institutos preconcursales.
También ha servido para poder rectificar ciertos puntos de la regulación lo que aclara las incertidumbres que se daba al llevarlo a la práctica.

El Texto:

La forma de librarse del concurso lo fija esta nueva Ley, que implica una reforma general ya que sus modificaciones son a nivel general en diferentes aspectos.
Vale rescatar los siguientes puntos que sobresalen las reformas que se hna propuesto:
–Establecer diversas vías alternativas al concurso.
–Desarrollar el procedimiento abreviado o simplificado algo que se da por aporbado.
–La administración concursal.
–Las reformas en materia laboral.

Alternativas al Concurso:

Se pretende que sean promordiales las soluciones preconcursales, y que se logre evitar recurrir a concurso, además de otra vía cuando se da la insolvencia del deudor, además ayudará a los juzgados de lo mercantil.

Una de las mejoras en la Ley es que presta ayuda a los diferentes tipos de empresas dándo facilidades en lo referido a la refinanciación, aportando otras fórmulas al concurso o institutos preconcursales.

Aunque ha generado desde algunos sindicatos protestas, en un principio también amplía y mejora la protección de los trabajadores aunque algunos no lo vean así.

Facilita las propuestas que sean anticipadas de convenio, la conclusión de acuerdos de refinanciación de deuda entre deudor y los principales acreedores, por lo que la seguridad será mayor, además de la garantía ante un procedimiento concursal.

También fomenta los acuerdos extrajudiciales de refinanciación lo que posibilitará y mientras se de la continuidad de la actividad, se podrá maximizar el valor del patrimonio del deudor común, lo que a su vez también elevará las posibilidades de que los acreedores no intervinientes dentro del acuerdo estos logren satisfacer sus correspondientes créditos.

También se da como legitima la administración concursal que impugnarán los acuerdos de refinanciación; además de la nueva regulación sobre los acuerdos que podrán homologar ante juez. Lo que posibilitará que se alarguen los efectos del acuerdo hacia los demás acreedores, así estuvieran en contra o a favor del acuerdo.

Debiendo ser acuerdos que busquen asegurar la continuidad de la empresa, y a constancia de un experto independiente de ambas partes.

Por otro lado, los acreedores que llegaran a solicitar la homologación del acuerdo siempre tienen que ser entidades de crédito titulares del 75 % de la deuda titularidad de entidades financieras.

La actual reforma logra potenciar el crédito a las empresas que bajo tal situación así lo requieren.

Dinero Fresco:

Esta es una de las novedades en cuanto a los aspectos preconcursales, esto es una regulación que se denomia como dinero fresco, permitiendo que los acreedores puedan desembolsar en las empresas que pasan por tales dificultades sobre lo que se refiere al acuerdo de refinanciación.

También se da nueva que el 50% del dinero nuevo o dinero fresco en la empresa enmarcado en el acuerdo de refinanciación, sean tomados como nuevos ingresos de tesorería, es tomado como crédito contra la masa con prioridad de cobro, significando una garantía hacia las entidades financieras que den los nuevos créditos que tengan por objeto de reflotar la empresa.

Procedimiento Abreviado:

En este caso tiene como finalidad acortar tiempos y costes en lo que es el proceso concursal, y el juez tendrá la posibilidad de aplicar el procedimiento abreviado si estima que el concurso no es tan complejo.

Puede darse en la situación en que el deudor ofrezca una propuesta anticipada de convenio, de transmisión de la empresa o cese de la actividad y que no posea sin trabajadores a cargo.

Pinchar sobre la imagen para visualizarla

Formas de Salir:

En la primera parte del proceso, que busca un acuerdo entre ambas partes en lo referente a la forma de pago, se evalúa la situación real de la empresa y, sobre todo, de su patrimonio. Es decir, con qué activos cuenta y en qué posición legal se encuentran (hipotecados, en régimen de arrendamiento…). Con todos estos casos, se trata de alcanzar un acuerdo para que la compañía pueda seguir operando al tiempo que resuelve sus deudas o, en su defecto, se pasa a liquidar la empresa.

Como una vez da comienzo el concurso de acreedores es posible que la compañía termine incluso desapareciendo, lo mejor es evitarlos. La solución más utilizada, aunque no siempre la más conveniente, es llevar a cabo una ampliación de capital en efectivo. De esta forma, la pyme pasa a contar con liquidez suficiente para afrontar sus compromisos. El principal problema radica en que no siempre es fácil encontrar inversores interesados en formar parte de una empresa en dificultades y las condiciones qué los nuevos ‘compañeros de viaje’ puedan imponer. Por eso existen otras fórmulas hasta cierto punto más benévolas e incluso ‘especiales’. Una de ellas pasa por llevar a cabo un aumento de fondos por compensación de crédito, es decir, abonar la deuda con acciones de la compañía. De esta forma, el acreedor pasa a convertirse en socio, una fórmula que recientemente se ha utilizado en el tristemente famoso caso Afinsa. En concreto, el plan de viabilidad de la compañía filatélica prevé repartir el 80 por ciento de sus títulos entre sus acreedores.

Otra opción similar es el pago ‘en especias’, es decir, con el producto de la empresa. El mayor inconveniente es que este producto debe cubrir alguna de las necesidades del acreedor e incluso podría considerarse como un intercambio de servicios. De la misma forma, también puede tratar de diferir el pago pero aplicando algún tipo de interés u otra compensación económica adicional o tratar de responder con alguno de los bienes patrimoniales de la compañía.

De todas formas, no siempre es posible alcanzar un acuerdo y hay veces que lo mejor es vender o liquidar la empresa. En cualquier caso, la ley establece que dos meses antes de que la pyme se declare insolvente es necesario solicitar el concurso de acreedores, siempre y cuando no disponga de liquidez o bienes suficientes para atender embargos que afecten de manera general a su patrimonio. Del mismo modo, también hay que iniciar el proceso cuando se deja de atender durante más de tres meses las obligaciones tributarias o las cuotas de la Seguridad Social.

Cómo acceder al Capital Riesgo

A diferencia de lo que ocurre con la mayoría de vías  de financiación, donde es el empresario quien debe acudir en su busca, las sociedades de capital riesgo son capaces de dirigirse directamente a la compañía si consideran que supone una buena posibilidad de inversión. Evidentemente, hay que ser muy cuidadoso al seleccionar a quién dejamos ‘entrar hasta la cocina de casa’. Es muy importante que la filosofía de los nuevos ‘gestores’ sea afín a la de la empresa. Además, debido a que el principal objetivo del Venture Capital es obtener beneficios en un corto periodo de tiempo, es el empresario quien debe marcar los límites y pensar más en el futuro de la empresa.Las sociedades de capital riesgo dividen sus inversiones en función de su tipología. De esta forma, pueden acometer operaciones de semilla, es decir, de aportar el capital inicial, que se puede ampliar en el caso de las inversiones de arranque, que se mantiene durante los primeros pasos del negocio.  A estas dos ramas hay que añadir las de expansión, capital de sustitución, compra apalancada y reorientación. La primera sirve, como su propio nombre indica, para hacer crecer  el negocio, la segunda sustituye parte del capital de la empresa, mientras que la tercera ayuda a la adquisición de empresas a través de deuda garantizada. La cuarta opción, la de reorientación, sirve para dar un giro a la situación de la empresa en momentos de crisis o de problemas y durante un tiempo muy limitado.Aunque generalmente son las sociedades de capital riesgo quienes seleccionan a sus objetivos, también es posible dirigirse a ellas en busca de ayuda. En cualquier caso, hay que saber  que lo que estas empresas buscan son candidatos con un alto potencial de crecimiento (especialmente tecnológicas), con un equipo gestor competente o que operen en un sector en vías de desarrollo.De todas formas, lo más importante siempre será contar con un sólido plan de negocio, basado en cifras reales o con fuertes posibilidades de materializarse. Se trata del elemento clave para convencer al capital riesgo, al que, en cualquier caso, siempre es necesario plantear ciertos límites para no perder el timón de la empresa y que ésta pueda extraviarse de su ruta hacia la supervivencia.

Capital Riesgo: en manos de expertos

Si algo caracteriza a las sociedades de capital riesgo es su afán por lograr beneficios en cada uno de los proyectos en los que se implican. En cierto sentido se puede decir que es la máxima expresión de la profesionalización y de la gestión orientada a los resultados. Son, en definitiva, compañías que se dedican, principalmente, a invertir o inyectar capital en otras compañías. Generalmente se trata de corporaciones con dificultades para encontrar otras vías de financiación o que arrastran fuertes deudas en las que las Venture Capital -en sus siglas en inglés- esperan obtener un beneficio. Las sociedades de capital riesgo entran así en el accionariado de la corporación, aunque siempre sin vocación de permanencia (excepto cuando directamente compran el total de la empresa en lo que se conoce como un buy out).Gracias a que su único objetivo es la consecución de beneficios, las sociedades de capital riesgo son el socio ideal en tiempos difíciles. En cualquier caso siempre será la opción más imparcial y capitalista para la gestión de la empresa. El rigor y serenidad que no siempre son fáciles de  mantener por parte del empresario. Además, siempre será una garantía, bien de la buena marcha de la empresa o de sus posibilidades de éxito (si no fuese así el capital riesgo no estaría presente).Aunque no es una de las opciones a las que tradicionalmente acude la pyme, cada vez son más quienes quieren recurrir al apoyo de estos expertos. Las cifras no mienten: su inversión en todo el mundo durante el pasado año alcanzaron los 50.000 millones de euros, lo que supone un incremento del 7% respecto a2005. En España, estas sociedades invirtieron durante los primeros nueve meses del año 960 millones de euros, un 11% más que el año anterior según datos de la Asociación Española de Entidades de Capital Riesgo (ASCRI). Con una media de inversión de 2.5 millones de euros por proyecto, no hay sector ni empresa que escape a su visión, siempre que reúna una serie de requisitos, entre los que las perspectivas de obtener beneficios se encuentra el primero.

Las líneas ICO Pyme

Si a alguna fórmula de financiación se le puede aplicar el calificativo de ‘clásica’, esta es la que desde 1993 ofrece anualmente el Instituto de Crédito Oficial (ICO) con sus líneas dirigidas específicamente a pyme y autónomos. Se trata de unos créditos blandos con tipos de interés preferenciales, sin comisiones y con largos periodos de devolución. Para 2007 el organismo dispone de una dotación de 7.300 millones de euros, 300 más que en 2006. El plazo para solicitar la ayuda termina el 21 de diciembre o, como suele ser más habitual, cuando se acaban los fondos. Evidentemente, para acceder a estas líneas de financiación es necesario cumplir una serie de requisitos:

  1. No contar con una participación superior al 25% en otra empresa que no sea una pyme. Las sociedades de capital riesgo y los inversores están exentas.
  2. No estar participada en más de un 25% por una empresa que no sea una pyme. Las sociedades de capital riesgo y los inversores están exentas.
  3. Que no figure ninguna otra empresa  en las cuentas consolidadas de la empresa ni figurar en las cuentas de ninguna otra corporación.

El ICO dispone de diferentes modalidades de de financiación que cubren diferentes importes dependiendo de las características del proyecto. De esta forma, cubre hasta el 80 por ciento de la inversión en el caso de las pyme y un 90 por ciento para las microempresas. En cualquier caso, el tope a desembolsar se sitúa en 1,5 millones de euros a un tipo de interés variable de euribor +0,65 por ciento o el equivalente a tipo fijo. Todo ello con plazos de devolución que varían entre los 3 y los 10 años sin carencia.El Instituto también cuenta con opciones para las empresas que necesiten un préstamo superior a los 1,5 millones de euros. Se trata de la línea ICO Crecimiento Empresarial, enfocada para medianas empresas con más de 50 trabajadores y que financia hasta el 70% del importe del proyecto, que no podrá ser superior a los 6 millones de euros. Los interesados en ampliar la información sobre los créditos ICO pueden acudir a la siguiente dirección: http://www.ico.es/web/contenidos/2140/index.html o consultar en las páginas web de la mayoría de cajas de ahorro, que también cuentan con las bases de estos créditos.   

Alternativas de financiación

Uno de los mayores retos para cualquier empresa, pero especialmente para las pyme, es encontrar el capital necesario para acometer sus proyectos o, simplemente, expandir el negocio. En primer lugar es necesario contar con un plan de negocio solvente y en segundo conseguir las aportaciones dinerarias necesaria para ejecutarlo, pero sin poner en riesgo la integridad o solvencia del negocio.Las vías de financiación son varias e incluyen los tradicionales préstamos bancarios, ayudas y subvenciones de la Administración Pública -donde el Instituto de Crédito Oficial es la estrella- o la ampliación de capital, hasta otras más extravagantes como los business angels, compañías de capital riesgo o los préstamos participativos, entre otras. Las fórmulas para acceder al capital se han diversificado notablemente en los últimos años -es posible incluso salir a bolsa- y por eso es importante acertar en la que mejor se adapta a las características de la empresa. La elección puede terminar dando entrada a nuevos socios y a posibles discrepancias internas posteriores, endeudándola por encima de sus posibilidades o dejándola en manos exteriores.A excepción de las ayudas y subvenciones estatales, donde manejarse es más complicado por el papeleo pero las garantías son mayores, cualquier para aumentar el líquido de la empresa cuenta con sus ventajas y entraña sus riesgos. Por eso nunca hay que perder la perspectiva de futuro. En los próximos blogs iremos analizando cada una de las opciones más comunes de financiación así como el resto menos habituales en el ámbito de las  pyme pero que, sin embargo, ahora comienzan a estar de moda. 

Bienvenidos a Gestion Pyme. En gestionpyme.com podrás encontrar información relacionada con el mundo de las pequeñas y medianas empresas: Consejos prácticos, información útil... .

Recibe las mejor información sobre pymes en tu correo
Subscribers:1515

Este blog funciona gracias a WordPress | Condiciones de uso de los contenidos | Responsabilidad

Red de Blogs Financieros | Bolsa | Economia | Productos Financieros