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Impuesto a las Actividades Económicas (IAE)

El IAE es un tributo directo de carácter real y obligatorio.

El hecho imponible del IAE está constituido por el mero ejercicio en territorio nacional de actividades empresariales, profesionales o artísticas, se ejerzan o no en local determinado y se hallen o no especificadas en las tarifas del impuesto. Así, es irrelevante la habitualidad o no en el ejercicio de la actividad y la existencia o no de ánimo de lucro o incluso de beneficio.

En este impuesto es importante definir qué se entiende por actividad empresarial, es así que una actividad se ejerce con carácter empresarial, profesional o artístico cuando suponga la ordenación por cuenta propia de medios de producción y de recursos humanos, o de uno de ambos, con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios. A los fines de este tributo también se consideran actividades empresariales, las ganaderas cuando tengan carácter independiente, las mineras, industriales, comerciales y de servicios. Por consiguiente, no tienen tal consideración las actividades agrícolas, ganaderas dependientes, forestales y pesqueras. También las de carácter profesional cuando se ejerciten por personas jurídicas o entidades del artículo 35.4 de la LGT.

Sujetos Pasivos:

Por lo tanto podemos definir que los sujetos pasivos de este impuesto son las personas físicas y jurídicas y las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la LGT (herencias yacentes, comunidades de bienes y demás entidades que, carentes de personalidad jurídica, constituyan una unidad separada o un patrimonio susceptible de imposición), siempre que realicen en territorio nacional cualquiera de las actividades que originan el hecho imponible.

En definitiva, son sujetos pasivos del impuesto, los titulares de las actividades empresariales, profesionales y artísticas, teniendo especial trascendencia el concepto de “titularidad de la actividad” a la hora de delimitar el sujeto pasivo del impuesto.

Resaltemos que solo estarán alcanzados por este impuesto los sujetos pasivos cuando el importe neto de la cifra de negocios supere 1.000.000 de euros, quienes tengan una cifra de negocios inferior a ese importe están exentos.

En la actualidad están exentos del pago de este impuesto, entre otros, los siguientes:

- Las personas físicas.
- Las sociedades civiles y sociedades mercantiles, que tengan un importe neto de la cifra de negocios inferior a 1.000.000 de euros.
- Los sujetos pasivos que inicien el ejercicio de su actividad en territorio español, durante los dos primeros períodos impositivos de este impuesto en que se desarrolle la misma. A estos efectos, no se considerará que se ha producido el inicio del ejercicio de una actividad cuando la misma se haya desarrollado anteriormente bajo otra titularidad, circunstancia que se entenderá que concurre, entre otros supuestos, en los casos de fusión, escisión o aportación de ramas de actividad.
- Las asociaciones y fundaciones de disminuidos físicos, psíquicos y sensoriales, sin ánimo de lucro, bajo determinadas condiciones.
- Los contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes, siempre que operen en España mediante establecimiento permanente, y tengan un importe neto de la cifra de negocios inferior a 1.000.000 de euros.

Como este es un tributo local, el alta debe realizarse en el ayuntamiento donde se lleva a cabo la actividad económica (donde tenga el local o el domicilio si carece de él o donde realiza la prestación de servicios si es itinerante). Es necesario hacer el alta en el momento del inicio de la actividad, aunque la misma puede presentarse con una antelación de diez días. Cualquier variación de actividad o de cualquier elemento tributario así como la baja se debe presentar como muy tarde en los treinta días siguientes a tener lugar los mismos.

Cuota tributaria:

Este impuesto establece su importe a través de una cuota tributaria, que se obtiene directamente de la aplicación de las tarifas del impuesto, recogidas en el Real Decreto Legislativo 1175/1990 junto con la Instrucción para su aplicación.

La cuota tributaria será la resultante de aplicar los distintos elementos que intervienen en su determinación, es decir: la cuota de tarifa, el coeficiente de ponderación, el coeficiente municipal de situación, si procede, y el recargo provincial en los supuestos en que así se haya establecido legalmente.

Por lo tanto, las tarifas del impuesto tienen una parte fija según tipo de actividad y tamaño del municipio y otra en función de los metros cuadrados del local. Estas cantidades pueden verse incrementadas por los ayuntamientos a través de sus respectivas ordenanzas fiscales con recargo en ningún caso superior al 40%.

La cuota será proporcional al número de trimestres naturales del año en los que se esté de alta. La cantidad resultante se cobra una vez al año o fraccionada en dos semestres.

Ayudas del Gobierno riojano a favor del ahorro y la eficiencia

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El Gobierno riojano aporta sus ayudas a pymes además de particulares, para fomentar el ahorro y la eficiencia energética y el uso de energías renovables.

Dichas ayudas se encuentran dentro del Plan de Eficiencia Energética del Ejecutivo regional, y constan de 2,74 millones en ayudas, centrándose en 6 áreas de actuación como son: industria, transporte, edificación, equipamiento doméstico y servicios públicos.

Estas ayudas parten del objetivo de realizar una progresiva concienciación tanto de las pymes, ayuntamientos y de los ciudadanos riojanos sobre los beneficios económicos y medioambientales que traen la implantación de estrategias de ahorro y eficiencia energética en los diversos campos.

Este tipo de políticas tienen el sentido del ahorro y eficiencia energética generan el bienestar social, mejoran las perspectivas a futuro y de negocio de las pymes mejorando el desarrollo y la competitividad empresarial, sabiendo el alto coste que implica para las pymes, la energía, de esta forma a través de un mejor consumo energético les da la posibilidad de obtener una mayor productividad y calidad en su producción.

En tanto que el sector de la industria contará con ayudas para elaborar auditorías energéticas, y las ayudas dirigidas al transporte, ya que se centrarán en realizar planes de movilidad urbana y cursos de conducción eficiente de vehículos.

Mientras que las ayudas dirigidas hacia la construcción serán para la mejora de la eficiencia de las instalaciones térmicas y de iluminación interior en los edificios.

Siendo de suma importancia para los diferentes sectores que les ayudarán a mejorar en productividad y en responsabilidad.

Fuerte morosidad de los ayuntamientos con las pymes

La Asociación Española de los Impagados de la Construcción (Aepic) y la Federación Nacional de Trabajadores Autónomos (ATA), han señalado que los ayuntamientos deben a las pequeñas y medianas empresas (pymes) que les prestan servicios, más de 30.000 millones de euros.

A partir de datos aportados, se sabe que a 1 de Enero de 2009 la deuda viva de los ayuntamientos con las pymes incluyendo las proveedoras de materiales de construcción, además de otras de servicios como papeleras o talleres de automóviles llegaba a 26.128 millones de euros y va en aumento.

Por el lado del Ayuntamiento de Madrid, este es el que más dinero le adeuda a las pymes, con un total de 7.800 millones de euros, la deuda de Barcelona asciende a 2.600 millones de euros y las comunidades autónomas no se quedan atrás, también son morosas con las pymes, su deuda asciende a 15.000 millones de euros, siendo la mitad de lo que adeudan los ayuntamientos.

Mientras que Aepic ha denunciado dicha situación desde hace ya más de 1 año y medio, tiempo en que empezó el declive de la construcción, desde entonces las administraciones públicas, y los ayuntamientos, dejaron de pagar a sus empresas proveedoras. Dicho problema se extendió a los otros sectores, además de que las administraciones locales no están cumpliendo con sus pagos, asimismo Aepic también ha denunciado que se ha frenado la línea ICO-Ayuntamientos, ya que sólo se han reconocido 152 millones de euros de los 3.000 millones de euros aportados por el Gobierno Central.

Además se agregan al incumplimiento de los pagos, las grandes empresas que, dicha deuda asciende a miles de millones de euros, lo que lo hace difícil de cobrar por las deficiencias de la Ley Concursal, trayendo como consecuencia el retraso en años, la recuperación de las facturas que deben aquellas constructoras e inmobiliarias que han cerrado por la crisis. Incluso los procedimientos de reclamaciones de cantidad y procedimientos concursales suelen durar hasta 4 años.

Por todo esto Aepic, solicita mayor agilidad en el cobro de los clientes, en los procedimientos judiciales y en las tramitaciones administrativas.

Una de las que más sufren las diversas consecuencias, son las pymes de la construcción, ante esto se reclama una reforma de la Ley de Morosidad por la que se obligue a pagar las deudas, en un plazo que no sea superior a 60 días y de 30 días para las administraciones públicas.

Los impagos contribuyen a empeorar la situación de las pymes

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Entre los variados problemas por los que peligran las pymes se encuentra el de los impagos. Los impagos de empresas que están en situación de concurso de acreedores les provoca cada día a España la desaparición aproximada de 300 pymes que trabajaban para ellas.

Precisamente el 90% de las pymes enfrenta problemas en los cobros, provocándole que entre el 20% y el 25% esté al borde de la quiebra por la morosidad. Entre los diferentes sectores, el de la construcción es el que se ve más afectado y ha acumulado un 60% de los impagos.

Estiman que el 20% de las pymes -cuyo personal va desde un trabajador autónomo hasta los 40 ó 50 empleados- desaparecerán en los próximos 2 años justamente a causa de los impagos. El retraso en los pagos se da fuertemente por parte de ayuntamientos, cuya deuda con las pymes asciende a 6.000 millones de euros.

Ya a finales de 2008, las administraciones locales acumulaban más de 7 meses de impagos con las pequeñas empresas y de más de 1 año para los profesionales autónomos.

Lo que causa más empeoramiento es la efectividad de la legislación y la lentitud que registra la Justicia. Se considera el medio más rápido y barato para reclamar el pago, el procedimiento de juicio monitorio siempre y cuando la cantidad sea inferior a 30.000 euros y la deuda esté acreditada. Dicho proceso da comienzo por medio de la presentación de una demanda ante el juzgado y en un plazo inferior a 20 días el juez requiere a la persona denunciada para que abone la cantidad que se exige o que aporte pruebas en las que demuestren que no adeuda cantidad alguna a la parte demandante.

El proyecto Proempleo III, una forma de volverse a emplear

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Por medio del proyecto Proempleo III, la Diputación de Sevilla, consiguió dinamizar a más de 1.200 personas que se encontraban desempleadas, entre ellos trabajadores autónomos en su primera fase de desarrollo. Con las 17 acciones formativas puestas en marcha en 21 municipios de Sevilla, se puede decir que de esta forma se están beneficiando unas 255 desempleadas con dificultades de inserción laboral.

Los cursos por los que pasaron estas personas desempleadas o autonómos y como forma de volver a emplearse, son algunos de estos:

Dinamizador Comunitario, en El Coronil; Auxiliar de Ayuda a Domicilio en Gines, El Viso del alcor, El Pedroso, Lantejuela y Ecija, y de forma conjunta en La Roda de Andalucía y Badalatosa; Integración Social, de forma conjunta en Benacazón, Carrión de los Céspedes y Huévar del Aljarafe; Mantenimiento de Jardines en Umbrete, Sanlúcar la Mayor, Mairena del Alcor, Osuna y Marchena; Instalación de Sistemas de Energía Solar Térmica en Almadén de la Plata, Alcalá del Río, y de forma conjunta en Aznalcázar y Villamanrique de la Condesa y Animación Turística en  Espartinas.

En tanto que estos cursos formativos conforman el proyecto Proempleo III, el cual es financiado por el Eje 2 del Programa Operativo -Adaptabilidad y Empleo- del Fondo social Europeo, y aprobado por el Ministerio de Administraciones Públicas, hoy en día Ministerio de Política Territorial, la Diputación de Sevilla en el periodo de intervención 2007-2013. Actualmente tiene un presupuesto de unos 7 millones de euros, de esta cifra el 80 % lo financia el Fondo Social Europeo, y el otro 20 % lo financia la Diputación de Sevilla y los ayuntamientos.

Se tiene previsto que a fin de año den comienzo a 37 nuevas acciones formativas, estas acciones completan los 54 cursos que en total se pondrán en marcha durante este 2009, los cuales cumplirán el objetivo de formar a unas 810 personas en toda la provincia.

En tanto que para el 2010 se pondrán en marcha unas 31 acciones formativas que tendrán como objetivo integrar a unos 465 desempleados/as.

Los que asistan a estos cursos que durarán 6 meses de formación teórica y práctica, y que obtendrán una beca mensual de unos 360 euros. También estará disponible una unidad de orientación e intermediación laboral, por medio de esta unidad se realizarán itinerarios personalizados de inserción laboral, como forma de que los que asistan puedan volver a ser empleados.

Continúan los problemas de pymes y autónomos a la hora de cobrarles a los ayuntamientos

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Las pymes no ganan para disgustos. El 46 % de las facturas están pendientes de pagar por los ayuntamientos, las pymes y autónomos debieron presentarlas para poder obtener préstamos avalados por el ICO.

Dichas facturas no fueron reconocidas ya sea por fallos de forma o que las entidades locales no han querido reconocerlas.

Más de 223.000 empresas, autónomos y ciudadanos recibieron créditos del ICO durante los primeros seis meses del año, por un total de 7.357 millones de euros.

Se han presentado unas 44.766 facturas para poder avalar los préstamos pedidos y sólo unas 24.000 se han reconocido.

De las 24.000 facturas reconocidas, solamente aprobaron (aunque no han formalizado los avales) unas 13.798 facturas a unos 1.813 clientes pertenecientes a pymes y autónomos, por unos 54,5 millones de euros.
Mientras que fueron aprobadas y han sido formalizadas unas 10.332 facturas de unos 1.029 clientes por unos 49,4 millones de euros.

La línea de crédito que creó el ICO, llamada ICO-Liquidez, fue abierta justamente para poder aportar liquidez a las pymes y a los autónomos, ya se han beneficiado a 47.899 por unos 2.005 millones de euros.

Mientras que 40.000 empresas pudieron financiar sus inversiones por medio de ICO-PYME por unos 2.708 millones de euros.

La línea de crédito se establece para que las pymes y autónomos que presentaron facturas pendientes de pago de los ayuntamientos, puedan obtener de los bancos un préstamo por el valor de ese monto y que esté avalado por el ICO.

De no pagar los ayuntamientos dichas facturas, el banco procede a reclamar el aval al ICO, desde el 1 de Diciembre y el organismo obtendrá ese monto en el mes de Enero con cargo a Hacienda.

Sin dudas a las pymes y autónomos no les es fácil salir adelante con este tipo de trabas a la hora de cobrar sus facturas.

La ATA reclama a la Agencia Tributaria por deudas a pymes y autónomos

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Seguimos con este grave problema con el que inesperadamente se encontraron pymes y autónomos, cuando en lo peor de la crisis debieran recibir ayuda de los gobiernos para sobrevivir o por lo menos las normas deberían cumplirse para no seguir ahogándolas.

Los autónomos han reclamado a la Agencia Tributaria haga efectivo el cobro de deudas de los ayuntamientos con los autónomos y las pymes.La ATA, la Asociación de Trabajadores Autónomos, le pidió a la Agencia Tributaria que tenga igualdad de condiciones y que actúen como suelen hacer cuando los autónomos no les pagan a los ayuntamientos en término.

Por eso han hecho el pedido que la Agencia Tributaria les reclame a las entidades de cada ayuntamiento, las deudas que tienen con los autónomos. La Agencia Tributaria arbitra en el pago y de no concretarse dicho pago se puede llegar a embargar sus cuentas.

No le quedó otra opción a ATA que reclamar después de conocer los datos aportados por el Instituto de Crédito Oficial-ICO-, en el que figura que el 46% de las facturas están pendientes de pagar por el lado de los ayuntamientos y que las pymes y los autónomos se encargaron de presentar a modo de poder conseguir un préstamo avalado por el ICO, aún no fueron reconocidas.

Unos 47.899 autónomos y pymes accedieron a la línea del ICO-Liquidez, por un monto de unos 2.005 millones de euros de los 5.000 millones de euros disponibles para ser otorgados. Esta línea se creía que iba a agotarse en el mes de Junio, significando un fracaso según el ATA.

Otro dato conocido es el referido a la afiliación al Régimen Especial de Trabajo Autónomo-RETA, la cual descendió en 87.037 afiliados.
A todo esto se ha planteado poder ampliar el nivel de garantías de acceso a créditos en un 75% o hasta el 100 % y otra medida estimada es la de analizar otros canales de distribución de esta línea por medio del Instituto de Crédito Oficial.

Los Ayuntamientos, a favor de la destrucción de PyMEs

Recientemente, informaciones suministradas por el mismo Instituto de Crédito Oficial han destacado que cerca de la mitad de las facturas pendientes de pagar presentadas por las PyMEs para conseguir un préstamo avalado por el ICO no han sido reconocidas, por la razón que los ayuntamientos deudores no se han hecho cargo de sus deudas

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Parece mentira: en estos tiempos de crisis, donde el paro se encuentra en niveles records y está haciendo estragos en la sociedad y en las familias, hay personas que abogan por la destrucción de los PyMEs y Autónomos, los mayores empleadores del país. Y más indignación causa que los que quieren quebrarlas son, justamente, los ayuntamientos, que tanto se quejan de las secuelas de la crisis pero que no pagan sus deudas con las empresas.

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