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Afectados por ERE obtendrán beneficios de las exenciones en la renta

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Dentro de la mala, una buena tendrán los afectados por ERE, ya que esta Campaña de la Renta de 2009 ha incorporado la novedad de que los afectados por un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) con una posterioridad al 8 de Marzo de 2009 podrán recuperar las retenciones estando exentos de tributar de 20 a 45 días por año trabajado, y con un máximo de 42 mensualidades.

A dicha exención también podrán acceder los que hayan sido despedidos –siempre que sean por causas objetivas-con posterioridad a la misma fecha. Toda una mejora para la fiscalidad del despido.

Llegará a beneficiar a 270.000 contribuyentes. Según previsiones, se realizarán 19,5 millones de declaraciones de la renta, esto es un 0,3% más que en 2009, y se llegarán a devolver más de 12.200 millones, esto significaría un 4,5% menos que en la campaña de 2008. De esta manera los contribuyentes recibirán 590 millones menos de vuelta de Hacienda.

Los beneficiarios, serán cerca de 15,7 millones de personas, esto serían 8 de cada 10 contribuyentes que obtendrán una declaración positiva. El 85% de las devoluciones se ya se habrán hecho antes del 31 de Julio.

Por lo que se espera, las próximas cifras de devoluciones registrará un resultado neto a favor del contribuyente por 5.620 millones de euros, esto se daría debido a que las declaraciones con resultado a ingresar serán unas 3,5 millones por un total de 6.660 millones.

Imagen: bonafides.es

Beneficios fiscales para afectados por ERE

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Como bien se sabe, el Congreso a fines de 2009 había aprobado el incremento de 20 a 45 días el límite establecido de exención de las indemnizaciones que son percibidas para los afectados por Expedientes de Regulación de Empleo (ERE) y que son tramitados desde el 8 de Marzo de 2009.

Desde hace unos días,  Hacienda se encuentra acumulando información de compañías que han abonado las indemnizaciones por ERE desde Marzo de 2009, con la finalidad de informar a los afectados por ERE que pueden elegir la devolución de los impuestos soportados en la próxima declaración del IRPF.

Hacienda remarca que con efectos del 1 de Enero de 2010, la deducción de 400€ sólo permanecerá siempre que la base imponible sea inferior a 8.000€, reduciéndose de manera proporcional hasta los 12.000€ anuales.

Es así que, que se recomienda desde su página Web, a aquellos contribuyentes que se encuentren bajo esta nueva regulación y que no tengan obligación de realizar la declaración de la renta, que presenten la declaración consignando las retenciones soportadas como una medida de conseguir el reintegro.

Aquellos trabajadores que hayan sido despedidos por ERE tendrán la oportunidad de consignar en la declaración de 2009 la parte de indemnización que se encuentra ligada a gravamen según la nueva normativa. Mientras que, en la casilla de retenciones, el importe soportado.

Además, Hacienda recuerda que con efectos del 1 de enero de este año, la deducción de 400 euros sólo se mantiene cuando la base imponible sea inferior a 8.000 euros. Y se reduce proporcionalmente hasta los 12.000 euros anuales.

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