Publicado por admin - 02/06/09 a las 03:06:40 pm

Una de las novedades que se ha producido con la actual y reciente Reforma Laboral son los tipos de despidos en las empresas y que sufrirán los empleados. El Decreto Ley de la Reforma Laboral y que trajo muchas discuciones de por medio, pero finalmente se ha aprobado con enmiendas mediante y algunas modificaciones sobre el texto inicial.
Una de los aspectos a saber y tener en cuenta se trata de los tipos de despido, como el despido objetivo y cuales serán los justifiactivos delas empresas para poder aplicarlo, y no hacer un despido por que sí.
Esta fórmula, se encarga de fijar la indemnización máxima en los contratos indefinidos de fomento del empleo de 20 días por cada año que se han trabajado junto al máximo de 2 años del salario.
Y como suele pasar no siempre los motivos que pueden dar en la empresa quedan claros por más justificados que parezcan, lo que hace que se nade en aguas poco claras en este asunto.
Causas y Ampliación del Despido Objetivo:
En cuanto a la causa inicial que estipulaba la reforma laboral y que quedara justificado el despido objetivo se trata de que si la empresa pasa por una crisis. Dicha crisis se la debe dejar bien clara ya que la empresa puede aducir miles de “motivos de su crisis” y despedir, para ello se han introducido una serie de enmiendas:
Enmiendas:
Una de ellas es que sufra una caída importante en sus beneficios; quedando establecida de forma porcentual dicha caída en sus beneficios respecto al ejercicio anterior y que el juez deberá de tener en cuenta y permita el despido objetivo del o los empleados.
Existencia de Pérdidas:
Respecto al año fiscal, o respecto a los resultados de los últimos 6 meses; Aquí es dónde se ha generado alguna discución ya que puede perjudicar a ciertos tipos de pymes que no llevan adelante una contabilidad responsable.
Una de las enmiendas hechas, trata de que para aceptar que se dan pérdidas como motivos, esta deberá tatar sobre el riesgo del cierre de la misma empresa de reducir y/o eliminar el gastos de personal.
Falta de Liquidez:
Este es uno de los principales males por el que pasan las pymes en especial, pero no existe una clara diferencia de liquidez del activo o del pasivo. Ya que en medio pueden darse ciertas situaciones que no queden demasido clara la falta de liquidez.
Despido Objetivo Individual por Absentismo:
Otra de las novedades en cuestión de tipos de despido en Reforma Laboral es la del absentismo y que este se puede utilizar para justificar el despido objetivo.
Aunque se estipula un absentismo total de la plantilla que supere el 5% dentro del periodo establecido para el despido de los empleados que han registrado absentismo.
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Fecha de publicacion: June 2, 2009
Categorias: Nóminas, administracion
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Publicado por marta - 05/12/08 a las 07:12:21 pm
Estar más horas de lo normal fuera del trabajo, hablar con tus compañeros, pasarte 20 minutos para hacer un café o faltar repetidas veces a tu puesto laboral son cosas que pueden haber pasado a la historia, debido a la crisis generalizada que viven algunos países europeos, como España.
Según el periódico El Economista, la crisis reduce el absentismo laboral en algunos sectores económicos por temor a despidos, a formar parte de un expediente de regulación de empleo o a cualquier otra causa que pueda hacer perder un puesto de trabajo en unos momentos en los que tener empleo resulta muy valioso.
Fuentes de la patronal de mutuas de accidente de trabajo y enfermedades profesionales AMAT confirmaron que en algunos sectores y empresas se está reduciendo el absentismo, si bien el gasto de las mutuas en el pago de prestaciones se está incrementando.
Y es que, hoy en día, mantener un trabajo se está convirtiendo en una prioridad y casi un lujo, y los trabajadores andan algo preocupados por la situación actual, de manera que intentan ser más respetuosos en su trabajo, ser más productivos y no faltar al trabajo por nada del mundo. Hemos de pensar que el absentismo laboral tiene importantes costes para las empresas y también para la Seguridad Social y las mutuas. Durante los primeros quince días, la baja por incapacidad temporal (IT) derivada de una enfermedad común la abonan las empresas y a partir del decimosexto día el gasto recae sobre la Seguridad Social o sobre las mutuas, dependiendo de si la empresa tiene contratada o no a una mutua. Y eso es lo que ya no interesa a los trabajadores en este momento.
>Un informe reciente de Adecco cifraba el absentismo laboral en el 6%, tasa que se ha duplicado en España en los últimos cuatro años y que supera la media europea, situada en el 4,6%. De acuerdo con el informe elaborado por esta empresa de recursos humanos, la mayor parte de las veces este absentismo es injustificado y responde a la ausencia de motivación e insatisfacción laboral de los trabajadores.
Fecha de publicacion: December 5, 2008
Categorias: Empresas
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