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Procedimiento arbitral contratos TIC

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Tanto las empresas España como las de Iberoamérica del sector TIC, podrán beneficiarse a partir de ahora del procedimiento arbitral.

Es así que, las asociaciones como: La Asociación de Empresas de Electrónica, Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones de España (Aetic); la Asociación Española de Empresas de Consultoría (AEC); la Asociación Española de Usuarios de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información (Autelsi) y la Federación de Asociaciones de Latinoamérica, el Caribe y España de Entidades de Tecnología de la Información (Aleti) todas ellas firmaron un acuerdo de colaboración con la Cámara de Madrid, de esta manera se constituye la sección de Consultoría y Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones en la Corte de Arbitraje de Madrid.

Convirtiéndose en la primera a nivel de España e Iberoamérica en incluir una sección que se especializa en la resolución de conflictos mercantiles en el sector de tecnologías de la información y la comunicación (TIC).

A partir de estos acuerdos, las empresas TIC que se encuentren operando en España y las de 18 países de Iberoamérica se beneficiarán del arbitraje, como han señalado desde las Cámara de Madrid, este es uno de los instrumentos legislativos que más utilizan las empresas como una forma alternativa a la Administración de Justicia.

La forma en que las empresas pueden utilizar los servicios de la Corte de Arbitraje de Madrid, para ello las empresas deben incluir en sus contratos el modelo de cláusula o convenio arbitral que ha realizado la Corte de Arbitraje de Madrid, de esta manera ante el caso de que surjan controversias, pueda quedar asegurado el cumplimiento de la voluntad de las partes de recurrir al arbitraje de la Corte.

Es por ello que, las asociaciones firmantes se comprometen a proponer a la Corte el nombramiento de peritos, árbitros de derecho, y árbitros de equidad para resolver el caso. Mientras que la Corte de Arbitraje se compromete a elaborar una lista de peritos, árbitros de derecho, y árbitros de equidad, como forma de garantizar su imparcialidad.

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1 Comentario »

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  1. [...] La celeridad es una de las principales características de la Justicia, pero sí una necesidad en el ámbito empresarial, especialmente cuando lo que hay por medio es una reclamación por impagos o una disputa entre dos empresas. Consciente de esta exigencia, la Corte Española de Arbitraje del Consejo de Cámaras de Comercio ha aprobado un nuevo reglamento compuesto por 38 artículos, que entre otras cosas, agilizarán el sistema de arbitraje y reclamaciones. [...]

    Pingback por Arbitraje expres para pequeñas cuantías — June 16, 2010 #

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