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Los despidos por ERE tributan mal a Hacienda

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Se ha notificado que aquellos que hayan sido despedidos y recibido una indemnización, deberán revisar el borrador de la renta, ya que se estima que llegaron a pagar más a Hacienda de lo estimado, así lo ha comunicado el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF).

Desde Diciembre pasado ha sido aprobado por el Congreso, el aumento de 20 a 45 días por año trabajado el importe exento de tributación dirigido a rentas de indemnizaciones por expedientes de regulación de empleo (ERE). Dicha medida rige de forma retroactiva aplicándose a expedientes o despidos que hayan sido aprobados con posterioridad al 8 de Marzo de 2009.

Aunque, las retenciones que son aplicadas por parte de las empresas a despedidos entre los meses de Marzo y Diciembre de 2009 fueron realizaron bajo la anterior normativa y habiendo pagado de más a Hacienda, ante esto se deberá en la declaración de la renta aclarar esto.

En cuanto a los despedidos que no se encuentran obligados a la declaración al ganar una cifra inferior a 22.000€ anuales, la Agencia Tributaria les recomienda que igualmente la presenten. Para ello al hacerla deberán “consignar las retenciones soportadas, pudiendo obtener el reintegro de las mismas”.

La Agencia Tributaria a partir de sus cálculos, señala que el aumento de la exención beneficiará, a 270.000 trabajadores despedidos a la vez que el coste fiscal será de 680 millones de euros.

Desde Hacienda ya han salido cartas dirigidas a los afectados para comunicarles de dicha situación.

Mientras que, el REAF señaló que los profesionales y autónomos que tributan por el IRPF les asiste el derecho a la reducción del 20% del rendimiento neto si en 2009 mantuvieron o elevaron el número de empleados frente al anterior año.

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2 Comentarios »

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  1. tengo una duda…
    fui indemnizado a principio del 2010 con 16000€
    de acuerdo con este articulo no deberia hacienda retenerme nada por este importe….
    o si..
    gracias

    Comentario por miguel — April 12, 2011 #

  2. [...] pérdidas previstas “transitorias” al presentar el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) de elegirlo así se acogerán al despido objetivo por causas económicas, lo que implica una [...]

    Pingback por Despido objetivo para empresas con pérdidas transitorias — June 12, 2011 #

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