Las nuevas medidas de apoyo a pymes y autónomos

Una segunda oportunidad para emprendedores, bonificaciones para la conciliación para autónomos y una nueva tarifa reducida para la contratación son sólo tres de las últimas novedades aprobadas por el Gobierno tras el Debate sobre el Estado de la nación y que afectan a pymes y autónomos.

El Debate sobre el Estado de Nación no sólo ha servido para comprobar las tablas de Pedro Sánchez o ver cómo el Gobierno echaba las campanas al vuelo con sus previsiones de recuperación económica. En este caso también  se ha cristalizado en medidas concretas hacia las pyme y los autónomos que han sido aprobadas vía Consejo de Ministro. Vamos a repasar las principales decisiones y cómo afectan a la empresa y al trabajador por cuenta propia.

Segunda Oportunidad para autónomos y personas físicas

Segunda Oportunidad para autónomos y familias

Esta medida no sólo se centra en los autónomos y emprendedores, sino que también se extiende a las familias. La segunda oportunidad queda reflejada en el Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social. Su ámbito de actuación será el concursal y por primera vez afectará también a los particulares, especialmente en lo referente a créditos hipotecarios. De hecho, la ley trata la segunda oportunidad para particulares junto con la ampliación de la protección de deudores hipotecarios.

El objetivo de la segunda oportunidad, también en este ámbito, será la de conciliar los intereses de acreedores y deudores mediante unos procedimientos con garantías que permitirán afrontar el pago de las deudas de forma ordenada. Dentro de la misma se establece un nuevo sistema de exoneración de deudas que se aplicará tras la conclusión del concurso por liquidación  y que se aplicará también a las personas físicas y se mantiene la posibilidad de exonerar las deudas siempre que se paguen ciertos créditos privilegiados. Además, se mantiene la posibilidad de exonerar el 25% de los créditos ordinarios si no se ha intentado un acuerdo extrajudicial.

Además, en caso de no poder hacer frente a créditos anteriores y siempre que el deudor acepte someterse a un plan de pagos durante los cinco años siguientes para el abono de deudas no exonerada, el deudor podrá exonerado del resto de sus créditos, excepto los públicos y por alimentos. En el caso de acreedores con garantía real, como por ejemplo en el caso de la hipoteca, se podrá exonerar la parte que no hubiera quedado cubierta en la ejecución de la garantía.

El texto también declara exentas de IRPF las rentas derivadas de quitas y daciones en pago de deudas.

Se trata de un paso positivo, aunque demasiado centrado en el ciudadano particular, que todavía tiene pendiente el desarrollo de la segunda oportunidad para emprendedores, tal y como anunció el Gobierno. Al parecer, diferencias entre los ministerios de Economía y Hacienda harán que esta medida concreta, que también saldrá adelante mediante Real Decreto, se posponga.

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