Juez Condena Al Santander A Devolver Casi 200 Mil Euros A Una Pyme

En esta nota vamos a mencionar un caso muy particular que se dio, donde un juez condena al Santander a devolver casi 200.000 euros a una pyme por mal financiaciones.

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Torrelavega (Cantabria) condeno al Banco Santander a devolver unos 200.000 euros a una empresa vizcaína, con sede en Bermeo, por dos contratos de permuta financiera (los swap),un instrumento para proteger préstamos frente a subidas de interés.

El juez declara nulos los dos swap, suscritos en junio de 2007 y mayo de 2008, al considerar que la entidad actuó torticeramente al ofrecer estos contratos a la empresa, lo que le produjo importantes pérdidas patrimoniales que afectaron a sus tomadores.

En su resolución, que no es firme, el juez señala que en la instrucción pudo comprobarse que los empleados de la entidad  por incumplmiento con frecuencia la obligación de informar adecuadamente a sus clientes cuando les ofertan este producto financiero que puede considerarse de alto riesgo.

La causa se inició a mediados de 2007, cuando la firma vizcaína suscribió con el Santander un swap para financiar la construcción de 12 viviendas en la localidad cántabra de Santillana del Mar, donde la operación formalizada en Torrelavega se hizo con una oficina de Bermeo al estar allí la sede de la pyme.

Otra noticia muy importante para destacar es la Bajada del euríbor donde La empresa percibió varios pagos según las condiciones del swap, las cantidades que devolvió poco después al banco por un acuerdo de cancelación del contrato, aunque el Santander no informó de que ello iba supeditado a la firma de otro contrato. Así, ambas partes suscribieron un segundo swap en mayo de 2008, pocos meses antes de que bajara el euríbor, esto hizo que obligara a la pyme a pagar unos 200.000 euros en total.

Cuando la empresa decidió cancelar este segundo contrato, el Santander le exigió entre 150.000 y 180.000 euros para anularlo en dos periodos. Al negarse, esta firma vizcaína comenzó el proceso judicial que ahora concluye en primera instancia con una sentencia que anula los contratos.

El juez ve preciso que el Santander presento un informe exhaustivamente  a los clientes a quienes ofrece dicho producto financiero, tanto sobre el significado de las cláusulas como, de manera especial, sobre el riesgo de sufrir pérdidas que se asume respectivamente. Además, se considera probado que el banco actuó con suma negligencia al presentar el contrato a la firma de la esposa del dueño de la empresa y es alli donde se ve responsable al Santander de haber instado el cambio de condiciones del primer al segundo contrato porque preveía un cambio radical de tendencia en los tipos de interés.

La pequeña y mediana empresa (tambien conocida por el acrónimo Pyme) es una empresa con características distintivas, y tiene dimensiones con ciertos límites ocupacionales y financieros prefijados por los Estados o regiones correspondientes. Las pymes son agentes con lógicas, culturas, intereses y un espíritu emprendedor específicos. Usualmente se vio que también el término MiPyME (acrónimo de micro, pequeña y mediana empresa ), que es una expansión del término original, en donde se incluye a la microempresa.

La pequeñas y medianas empresas son entidades independientes, con una alta predominancia en el mercado de comercio, quedando prácticamente excluidas del mercado industrial por las grandes inversiones necesarias y por las limitaciones que impone la legislación en cuanto al volumen de negocio y de personal, los cuales si son superados convierten, por ley, a una microempresa en una pequeña empresa, o una mediana empresa se convierte automáticamente en una gran empresa. Por todo ello una pyme nunca podrá superar ciertas ventas anuales o una cantidad de personal.

Publicidad