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General. Archivos de la categoría ‘General’

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50 millones de euros para pymes y autónomos de Castilla y León, Madrid y La Rioja

Iberaval y Banca Cívica han cerrado un convenio que podrá 50 millones de euros a disposición de las pymes y trabajdores autónomos de Castilla y León, Madrid y La Rioja a través de una línea de financiación. El apoyo de la Sociedad de Garantía Recíproca (SGR) es lo que permitirá acceder a financiación para inversiones y circulante en condiciones más ventajosas que las del mercado en general.

El nuevo acuerdo entre Banca Cívica e Iberaval, la SGR de Castilla y León, permitirá la creación de nuevas líneas de financiación para las empresas de la región así como de Madrid y La Rioja por su cercanía con la comunidad autónoma y por ser territorios en los que también se encuentra presente Iberaval.

La nueva línea de financiación que surge a raíz del acuerdo estará especialmente destina al circulante y a la inversión. En el caso de la inversión dotación máxima de las operaciones será de hasta 600.000 euros con un plazo de amortización de hasta 15 años y a un tipo de interés de Euribor +1,75%. Por su parte, la destinada a circulante también será de hasta 600.000 euros, aunque en este caso el periodo de devolución se establece entre tres y doce años con un tipo de interés de Euribor + 2%. En este sentido, Iberaval ya ofrecía la Línea ICO-SGR de hasta 600.000 euros para circulante e inversión con plazos de tres y siete años.
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Acoso sexual en el trabajo

El acoso sexual en el trabajo es una de esas cuestiones que todo empresario desearía no oír jamás en relación a su compañía. Sin embargo, lo cierto es que ese puede llegar a producirse y para evitarlo nada como tener claro en qué consiste y las medidas de prevención que se pueden y deben tomar en el ámbito laboral y desde la dirección de la empresa.

En temas de acoso laboral y especialmente de acoso sexual en el trabajo más vale prevenir que lamentar. Esta es también la postura de la Unión Europea, que dispone de un manual  para la prevención del acoso sexual en el trabajo que puede consultarse aquí, así como de un código práctico para combatir este tipo situaciones que se puede ver en este enlace.  La primera cuestión a la hora de abordar el acoso sexual en el puesto de trabajo llega de la propia definición de acosos sexual. Como explica un estudio de UGT, “no existe una definición de acoso sexual mundialmente asumida”, si bien puede describirse de forma genérica como ofensas verbales o físicas de carácter sexual. Es decir, para que exista acoso no tiene por qué producirse un ataque físico, sino que simplemente con actitudes sexistas se podría estar produciendo ya este tipo de situación. De hecho, existe un ataque sexual no verbal consistente, por ejemplo, en exhibir fotos, calendarios u otro material sexualmente explícito o el envío de cartas anónimas, por ejemplo, como señalan desde Confederación Sindical Internacional.

Desde la Organización Internacional del Trabajo (OIT) son incluso más genéricos y definen como acoso sexual “toda conducta de carácter sexual no deseada que, de acuerdo a la percepción razonable del receptor, interfiere en su trabajo, se establece como una condición de empleo o crea un entorno de trabajo intimidatorio, hostil u ofensivo”.

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La recuperación empezará con los centros comerciales

Cuando se dejan de crear empresas toman impulso los centros comerciales que por las perspectivas que se dan en los próximos años se espera que se inauguren en España hasta 43 centros comerciales durante los próximos 2 años, lo que también se espera que vaya acompañado de una recuperación del consumo y la economía ya que nadie apuesta por abrir centros comerciales si no hay un avisoramiento de que se recuperará la economía y crecerá el consumo durante el calendario 2012.


Cuando son todos números rojos como la tasa de paro, una luz al fina del túnel se prende siempre que en el medio esta no se apague; se espera que, el sector del gran consumo sea uno de los que impulsen la recuperación, además de crear empleo algo que está asociado ya que si se está en el paro y nada menos que casi 5 millones es lógico que el consumo decaiga fuertemente.

Al abrir o hasta ampliar los centros comerciales permitirá crear empleo y consumo y también ayudará al pequeño comercio, está estipulado que durante los próximos dos ejercicios se abran un máximo de 43 centros comerciales, 20 de ellos se abrirán durante el ejercicio de 2012 y los otros 23 centros comerciales serán en 2013.

Para 2012 en las zonas que se abrirán centros comprenden a los centros de: Puerto Venecia (Zaragoza), Rio Shopping (Valladolid), As Cancelas (Santiago de Compostela) y Faro del Guadiana (Badajoz).

Hay que considerar que con la actual situación en la que se abrieron 12 centros nuevos, además de las 3 ampliaciones que se llevaron adelante, no más que eso y dista de mejorar en los meses que faltan para que acabe el calendario 2011, por lo que la mejoría se dará en los próximos años si la situación de la tasa de paro se reduce y el consumo crece.

Cuando acabe 2011 se registrarán en España 657 centros comerciales, junto a una Superficie Bruta Alquilable (SBA) será de un total de 15,3 millones de metros cuadrados.

Para el calendario 2012 la inversión en compraventa de centros, también registrará un crecimiento también, ya para 2011 será de 500 millones de euros para el cierre del ejercicio de 2011.Sin dudas que los números son muy lejanos a lo que se daba previamente a la crisis y eso que han pasado solo 3 años, ya que medido con lo que se daba antes de la crisis económica cuando la inversión era de 1.500 millones de euros anuales pasarán varios años para igualar tal cifra.

Durante el primer semestre de 2011 la inversión realizada en España llegaba a los 205 millones de euros cuando la inversión total llegó a los 13.600 millones de euros en centros comerciales en toda Europa, en este segmento de inversión llevan la delantera en el ranking de inversión Alemania, Reino Unido o Polonia ya que los grandes fondos de inversión han optado por desembolsar su dinero en esos países viendo que el consumo en España cada vez baja más, cada mes hay menos pymes creadas y el panorama no es el mejor, con la llegada del nuevo gobierno la confianza estaría por vovler en los próximos ejercicios.

Seguramente la creación de empresas crecerá a la par, lo que dará lugar a la recuperación de pymes y proveedores para estos centros comerciales así como el de la construcción.

Ley de la oferta y la demanda

¿Quien no ha utilizado alguna vez la ley de la oferta y la demanda para justificar un fracaso o un éxito comercial? De forma básica, el término se refiere a la relación entre los bienes disponibles en el mercado y la demanda o peticiones de los mismos. Se trata de una norma básica para establecer políticas de precios y ventas que más vale conocer.

Antes de pasar a analizar la Ley de la oferta y la demanda y sus postulados en la fijación de precios merece la pena detenernos a definir sus dos componentes: oferta y demanda.

Desde la RAE definen oferta en su acepción económica como un “conjunto de bienes o mercancías que se presentan en el mercado con un precio concreto y en un momento determinado”, mientras que demanda hace alusión según la Real Academia Española a la “cuantía global de las compras de bienes y servicios realizados o previstos por una colectividad”. Dicho de otra forma, la oferta es la cantidad de producto que se pone a la venta y la demanda es la cantidad que el mercado desea adquirir. La relación entre la oferta y la demanda es lo que marcará el precio teórico que debe tener un producto.

En términos generales se pueden dar dos escenarios en la relación demanda y oferta: Cuando la demanda supera a la oferta, el precio tiende a aumentar y cuando ocurre a la inversa, el precio tiende a disminuir. Sin embargo, también debemos tener en cuenta que los aumentos de precio tienden a hacer que disminuya la demanda y viceversa, ya que en teoría, el precio tiende al nivel de equilibrio en el cual la demanda iguala a la oferta, según se explica en el siguiente gráfico.
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Buscador de ayudas para pymes

Uno de los grandes problemas de las pymes es el acceso a la financiación, sobre todo ahora que bancos y cajas han cerrado el grifo del crédito. Las ayudas y subvenciones son una gran fórmula para poder llegar a ese capital necesario para iniciar la actividad o simplemente acometer un nuevo proyecto, pero son tantas las instituciones y organismos que las entregan que estar al tanto de todas es un trabajo a tiempo completo en sí mismo. Por fortuna, existen herramientas para agilizar esta tarea. Se trata de los buscadores de ayudas y subvenciones para pymes y autónomos.  Os presentamos los más interesantes.

Con motivo del lanzamiento de Ayudasaunclic.com nos planteamos la necesidad de de hacer un artículo recopilatorio sobre las ayudas y subvenciones para pymes y autónomos. El tema de la financiación es uno de los que más preocupa a los emprendedores y ahora que la situación de bancos y cajas no es la más boyante las subvenciones y ayudas cobran especial relevancia tanto para quienes inician su actividad como para quienes desarrollar nuevos proyectos o simplemente fortalecer su posición actual.

El problema con las ayudas y subvenciones es que no siempre son fáciles de encontrar. La amalgama de organismos públicos y privados que ofrecen algún tipo de ayuda es muy amplia y siempre corremos el riesgo de que se nos pasen algunas propuestas interesantes. Para evitarlo existen los buscadores de ayudas y subvenciones, que facilitan esta labor de encontrar las convocatorias que hay en marcha en cada momento. Desde aquí os presentamos algunos de los más interesantes.

Empezamos con el último en llegar: Ayudasaunclic.com, un proyecto de Eurofunding que  rastrea las ayudas ayudas y subvenciones estatales, autónomos y locales destinadas a financiar a pymes, emprendedores y autónomos. En total recoge cerca de 400 ayudas públicas de forma semanal. El buscador permite distinguir por tipo de actividad y localización y además de información dispone de un servicio de tutelaje que nos orientará durante el proceso, aunque dentro ya del sistema de pago.

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¿Compensa retener al empleado en la oficina?

Es una creencia demasiado extendida en España que cuanto más tiempo pase el empleado en su puesto de trabajo, mejor, incluso si así se superan las horas marcadas en su contrato. La crisis y el miedo a perder el empleo están haciendo que además los propios trabajadores se sumen a esta tendencia por voluntad propia. Sin embargo, conviene preguntarse si extender la jornada laboral es lo más recomendable para la empresa.

Un estudio elaborado por la Comisión nacional para la Racionalización de los Horarios en España (ARHOE) nos sitúa como el país que más tarde termina su jornada laboral. Si en la mayoría de países europeos la jornada se extiende hasta las 17 ó 18 horas, en España el cierre no llega hasta las 19 horas y se puede extender hasta las 22 horas. El informa analiza los horarios más habituales en los sectores de servicios, oficinas, Administración, comercios e industria de Alemania, Bélgica, Francia, Finlandia, Italia, Luxemburgo, Reino Unido, Suecia y España y destaca las diferencias en los horarios del resto de Europa con nuestro país no sólo en el momento de finalizar la jornada, sino también por ejemplo en la hora de la comida. De media, el resto de países destina entre 30 y 60 minutos a la comida, un periodo que en España se alarga hasta la hora y media o dos horas, lo que al final hace que la jornada laboral se alargue más de la cuenta y puede explicar parte de estas diferencias.

En cualquier caso, este estudio debe servir para invitarnos a reflexionar sobre las maratonianas jornadas laborales españolas. Si hace unas semanas nos preguntábamos si queríamos trabajadores extremos en nuestra empresa, lo que ahora debemos plantearnos es si compensa retener al empleado en la oficina más allá de su horario normal de forma habitual. Como ya hemos apuntado esta es una práctica demasiado común en muchas pymes, aunque por fortuna ha remitido ligeramente en los últimos años. Estamos hablando de empresas en las que los empleados ni siquiera se plantean abandonar la oficina antes de las 20 horas cuando su horario marca las 18:30 como horario de salida. Evidentemente existen casos en los que está justificado por la carga de trabajo, pero si vemos que el alargar la jornada se convierte en algo demasiado frecuente quizás habría que pensar que no contamos con los recursos necesarios para desarrollar la actividad, bien porque los empleados no son suficientemente productivos o porque hacen falta más recursos.

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300 oportunidades de negocio

¿Te faltan ideas para emprender? El Servicio Andaluz de Empleo te descubre hasta 300 propuestas de negocio para crear tu propia empresa que nos acercan a la mayoría de sectores de actividad económica con algunas oportunidades de lo más curiosas. Además nos informa del perfil de emprendedor asociado a cada negocio, la legislación que debemos tener en cuenta y las opciones de financiación de las que disponemos.

Las 300 oportunidades de negocio que identifica la Oficina Virtual de Empleo de la Junta de Andalucía se dividen en nueve sectores principales de actividad: Alimentación, Hostelería y restauración, Ocio, tiempo libre y turismo, Comercio: confección de calzado, Comercio: diversos minoristas, Talleres y servicios de reparación, Servicios a la comunidad, tercera edad y enseñanza privada, Servicios y Medioambiente. Se trata de una primera clasificación general dentro de la cual después podremos encontrar negocios de lo más peregrinos hasta ideas que a todo el mundo se le han ocurrido en alguna ocasión como una cervecería, un bar de copas, una tienda de alimentación o una tienda de ropa, por poner algunos ejemplos.

Dedicarle un rato a bucear entre estas 300 oportunidades de negocio puede servirnos para aclarar ideas e incluso para dar con una actividad que se ajusta a nuestras capacidades y en la que no habíamos pensado hasta ese momento. Pero al margen de este papel, lo más interesante de la propuesta de la Junta de Andalucía es que no se queda en nombrar posibles negocios, sino que ofrece información adicional sobre los mismos. Lo primero que hace es una breve descripción de la actividad y de la jurisprudencia a la que está afecto. Esto nos servirá para conocer los trámites que debemos seguir, el tipo de sociedad que debemos constituir y las limitaciones del negocio.
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Cotización becarios

Buena noticia para los becarios, que a partir de ahora podrán cotizar a la Seguridad Social. En concreto, la cotización de los becarios será base mínima multiplicada por el 0,77 y tendrá carácter retroactivo siempre y cuando se abonen las cotizacines correspondientes. De esta forma se igualan los contratos de becarios con los contratos de formación y aprendizaje.

El Consejo de Ministros aprobó definitivamente el Real Decreto que permitirá a los becarios que realizan prácticas remuneradas cotizar a la Seguridad Social si límites temporales. En concreto, el nuevo contrato de los becarios se regirá por las mismas normas que el contrato de formación y el de aprendizaje en lo que a contingencias comunes y profesionales se refieren. Los becarios cotizarán por la base mínima multiplicada por 0,77 durante un periodo máximo de dos años.  Sin embargo, no deberán contingencia por desempleo ni al Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), por lo que el ser becario no dará derecho a cobrar el paro, aunque sí sumará para el cálculo de la pensión. Se trata de una cuestión importante teniendo en cuenta que la reforma de las pensiones elevó la edad de jubilación hasta los 67 años.

En términos económicos, la medida supone que los becarios aportarán una media de 42 euros mensuales a las arcas de la Seguridad Social, de las cuales 36 correrán a cargo de la empresa y apenas seis euros del cotizante.

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Extremadura adelantará el paro y pagará impuestos a los emprendedores

Adelantar el paro a quienes emprendan, cubrir los gastos de las tasas locales al empezar la actividad empresarial, microcréditos o la creación de un fondo de capital semilla son algunas de las propuestas de la Junta de Extremadura para apoyar a los emprendedores, según se recoge en el nuevo Plan 3E o Plan de Acción Integral Empleo, Emprendedores y Empresa.

El nuevo proyecto para fomentar el empleo, el emprendimiento y la creación de empresas en Extremadura ya está en marcha. La Junta de Extremadura ha firmado junto con sindicatos y empresarios el denominado Plan 3E, que reúne las líneas de actuación maestras del ejecutivo para la región. El documento, plantea diferentes alternativas para empresas y autónomos entre las que destacan las siguientes:

Capitalización del paro

El Servicio Público de Empleo Estatal ya prevé la posibilidad de cobrar el paro por adelantado para quienes quieran hacerse autónomos y empezar un negocio. Sin embargo, la opción estatal sólo se puede cobrar el 80% y no en todo los casos. La propuesta extremeña permitirá cobrar de una sola vez el 100% del paro, es decir, la totalidad de la prestación para iniciar un negocio en la región.

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La Sociedad laboral limitada

Aunque la mayoría de emprendedores pasa más tiempo desarrollando su idea y su plan de negocios, la forma jurídica de constitución de una empresa es un elemento que no deben descuidar. Existen varias opciones y cada una de ellas favorecerá un tipo de estructura empresarial y contará con sus propios requisitos. En este caso os explicamos los de la Sociedad Laboral Limitada.

Crear una empresa requiere, además de una buena idea de un mejor plan de negocios, cierta dosis de conciencia administrativa. No en vano las empresas no dejan de ser sociedades sujetas a un régimen y con una serie de limitaciones, derechos y deberes. A la hora de emprender se pueden elegir entre distintas opciones desde hacerse autónomo y no constituir ninguna sociedad hasta como Sociedad Limitada, la alternativa más utilizada en nuestro país. En este caso vamos a tratar la Sociedad Limitada Laboral, sus características, ventajas y trámites para su constitución.

¿Qué es una Sociedad Laboral?

Antes de abordar la Sociedad Limitada Laboral conviene definir que es una sociedad laboral. Este tipo de sociedades se distinguen por ser mayoritariamente de los trabajadores. Es decir, la mayoría del capital (por lo menos el 51%) está en manos de los empleados que además prestan sus servicios a la empresa de forma directa y personal.  Adicionalmente, ningún socio trabajador podrá poseer más de un tercio del capital social.

Características de la SLL

Una Sociedad Limitada Laboral deberá contar con un capital social mínimo de 3.006 euros frente a los 60.102 euros de la Sociedad Anómina Laboral, por poner un ejemplo. Este capital será el mismo que hace falta para constituir una Sociedad Limitada al uso. En este sentido, la diferencia estriba en que serán necesarios tres socios, que se podrán dividir entre trabajadores y capitalistas, por el único socio que requiere una SL corriente.

Este tipo de sociedad se rige por la Ley 4/1997, de 24 de marzo, de Sociedades Laborales que además estipula en su artículo 1 que el número de horas trabajadas por los trabajadores que no sean socios no podrá superar el 15% del total de horas por año dedicadas por los socios trabajadores salvo que la sociedad contase con menos de 25 socios, en cuyo caso se podría aumentar el porcentaje hassta el 25%.

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